ADICAE destaca ante los medios las claves de la histórica sentencia del Supremo: la banca deberá devolver lo cobrado por cláusulas suelo a cientos de miles de consumidores
Para ADICAE el fallo tiene eficacia general, no prescribe y marca un antes y un después en la justicia colectiva en España que la asociación seguirá defendiendo hasta que el último consumidor haya cobrado el importe correspondiente a sus daños y derechos.

 

Zaragoza, 20 de junio de 2025

Esta mañana, ADICAE ha comparecido ante los medios de comunicación para valorar públicamente la sentencia del Tribunal Supremo que resuelve de forma definitiva la macrodemanda colectiva contra las cláusulas suelo. En palabras del presidente de la asociación, Manuel Pardos, “se trata de una de las mayores victorias legales de los consumidores en España y en Europa, una victoria construida desde la acción colectiva”.
La sentencia, dictada por el Pleno de la Sala de lo Civil del Supremo, desestima todos los recursos presentados por más de 30 entidades bancarias, y ratifica íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que ya había declarado la nulidad de las cláusulas suelo por falta de transparencia. (Al igual que el Juzgado Mercantil 11 de Madrid, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea)
Pero lo más relevante del fallo, más allá de su contundencia jurídica, es su eficacia práctica para cientos de miles de consumidores. El Alto Tribunal reconoce el alcance general del fallo: no solo se beneficiarán los consumidores incluidos en la demanda de ADICAE, sino que todos aquellos usuarios con contratos hipotecarios afectados podrán acogerse a sus efectos.
Además, el Supremo establece que la devolución de lo cobrado indebidamente no está limitada en el tiempo: las entidades deberán devolver todas las cantidades desde la firma de cada hipoteca, con efectos retroactivos plenos y los intereses de mora hasta el día de la devolución. Y se confirma un punto clave para la defensa colectiva: las acciones de nulidad no prescriben, por lo que cualquier afectado, aunque hayan pasado años, puede reclamar lo que le corresponde.
ADICAE también ha subrayado un elemento procesal de gran importancia: a partir de la notificación de la sentencia, la banca tiene 20 días hábiles (aproximadamente un mes) para cumplirla de como establece taxativamente la ley. Transcurrido ese plazo, la asociación exigirá su cumplimiento forzoso, instando a los tribunales a ejecutar una resolución que ya no admite discusión.

A partir de hoy ADICAE trabajará para que cualquier persona afectada por una cláusula abusiva (en hipotecas, ahorro, productos bancarios, etc.), y se acoja a los derechos proporcionados por esta sentencia.

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