En el Día Mundial del Ahorro, ADICAE reivindica un ahorro justo, transparente y al servicio de los consumidores

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Con motivo Día Mundial del Ahorro que celebramos el 31 de octubre, ADICAE pone de relieve la importancia de impulsar un ahorro transparente, y con una remuneración justa, al tiempo que denuncia la profunda desigualdad que persiste en el sistema financiero español, donde los ahorradores siguen soportando el maltrato y la falta de una mínima rentabilidad para sus ahorros frente a los grandes beneficios de los que presume la banca.

La situación del ahorro en España

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en el segundo trimestre de 2025 los hogares españoles registraron una tasa de ahorro del 12,4 % de su renta disponible bruta (porcentaje de ingresos dedicados a ahorrar en lugar de gastar, quitando los efectos estacionales del mes en cuestión) pero se mantiene por debajo de la media de la zona euro (15 %).

Además el Informe del Banco de España de situación financiera de los hogares en el primer trimestre de 2025 recoge un traspaso de fondos desde los depósitos a plazo a las cuentas corrientes, debido a la bajada en la remuneración de los depósitos en 2024 (que ya era muy baja próxima al 1%)

Para ADICAE resulta imprescindible que el ahorro se remunere de forma justa, ofreciendo una rentabilidad que se aproxime a la inflación. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), la inflación interanual en España alcanzó el 3,0 % en septiembre de 2025 y paralelamente el tipo de interés de Banco Central Europeo en junio estaba en un 2,15%.

Los ahorradores siguen perdiendo poder adquisitivo. A pesar del actual nivel de tipos de interés, los bancos españoles apenas ofrecen rentabilidades que oscilan entre el 0,5 % y el 0,75 % en depósitos muy por debajo de los tipos vigentes y de lo que se remunera el ahorro en otros países de la Unión Europea.

 

Los depósitos a plazo se lanzan como “gancho” para vender productos vinculados

La publicidad de productos de ahorro con algo más de remuneración, con enorme frecuencia tiene su “trampa”. Tradicionalmente, bancos relativamente nuevos en España ofrecen depósitos con una remuneración aceptable solo para ingresos nuevos del cliente que no le van a permitir renovar el depósito para esos mismos ahorros, es un reclamo para captar nuevos depósitos.

Pero actualmente, aprovechándose de la escasez de depósitos remunerados, las entidades bancarias los utilizan ya para vender productos vinculados, ofrecen una mayor remuneración (en un plazo de solo 12 meses) si se toman compromisos como domiciliar la nómina, contratar tarjetas, o invertir en sus fondos de inversión, todo ello con un coste en comisiones superior a la remuneración ofrecida y que se van a mantener pasados los 12 meses iniciales.

 

Novedades digitales en los productos de ahorro: oportunidades y riesgos

A pesar de la escasa oferta de depósitos y cuentas remuneradas, el consumidor recibe un bombardeo de publicidad para captar sus ahorros. En este contexto, la transformación tecnológica ha cambiado la forma en que los consumidores gestionan su dinero

  • En los últimos años han aparecido bancos digitales (con autorización de Banco de España y domicilio en el extranjero), sin oficinas físicas, como N26 (Alemania) o Quonto (Francia), que permiten realizar la mayoría de las operaciones bancarias desde el móvil o el ordenador.
  • Junto a ellos, se han popularizado aplicaciones informáticas que no ofrecen rentabilidad sino facilidad de gestión, como Fintonic, programas digitales que permiten al usuario visualizar y analizar en un solo lugar la información de sus cuentas y tarjetas independientemente de las entidades bancarias con las que las tienen contratadas.
  • También han crecido las plataformas de inversión automatizadas (o “robo-advisors”) como Indexa Capital o MyInvestor, que utilizan algoritmos para asignar carteras de inversión según el perfil de riesgo del usuario. (la función de estos algoritmos permiten por ejemplo componer una cartera de acciones que replique la composición del IBEX 35 en todo momento, para que resulte fácil para el ahorrador conocer la marcha del conjunto de su cartera de acciones) Algunas han incorporado inteligencia artificial conversacional y comparadores automatizados de carteras.

Desde ADICAE, se advierte que esta rápida digitalización tiene que ir acompañada de una información transparente y supervisada. La expansión de plataformas financieras no supervisadas, y el aumento de la publicidad engañosa pueden poner en peligro los ahorros de los consumidores menos informados.

Para la asociación, resulta imprescindible establecer un control efectivo y una supervisión rigurosa de estas entidades, la advertencia que realiza Banco de España sobre el “intrusismo” en la actividad bancaria con carácter general, pero sin ofrecer al ciudadano un listado de entidades y publicidades que incurren en estos comportamientos (como hace la CNMV con su lista de “chiringuitos financieros”) resulta una actitud más dirigida a promocionar a la banca española que a proteger al consumidor.

Solo con una supervisión efectiva de la información financiera en internet se podrá garantizar que la innovación tecnológica en los productos de ahorro beneficie a los usuarios sin comprometer su seguridad económica.

 

ADICAE: más de tres décadas defendiendo a los ahorradores

Desde su creación, ADICAE ha defendido a miles de pequeños ahorradores en casos emblemáticos como Acciones de Banco Popular, Fórum Filatélico, Afinsa, Participaciones preferentes y subordinadas, etc. reafirmando su compromiso con la defensa colectiva de los consumidores.

Con motivo del Día Mundial del Ahorro, la asociación recuerda que el ahorro de los consumidores debe constituir la base de un sistema financiero justo, ético y verdaderamente al servicio de la sociedad.

 

Aquí el Manifiesto de ADICAE del Día Mundial del Ahorro junto las reivindicaciones de los consumidores y la asociación:

La justicia da la razón a ADICAE frente al Banco Santander y confirma la nulidad de las cláusulas abusivas de gastos hipotecarios del antiguo Banco de Andalucía

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La justicia da la razón a ADICAE frente al Banco Santander y confirma la nulidad de las cláusulas abusivas de gastos hipotecarios del antiguo Banco de Andalucía

 

La Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado íntegramente la sentencia obtenida por ADICAE frente al Banco Santander, que declara nulas las cláusulas que imponían indiscriminadamente los gastos hipotecarios al consumidor en los préstamos del antiguo Banco de Andalucía, hoy integrado en la entidad.

El tribunal desestima el recurso presentado por el banco y confirma el carácter abusivo de estas condiciones, que trasladaban al consumidor los costes asociados a la hipoteca (como los gastos notariales, registrales, de tasación, impuestos, gestoría o las costas judiciales) de forma abusiva. Según la Audiencia, esta práctica rompía el equilibrio entre el banco y el cliente y vulneraba la normativa de protección de los consumidores.

La resolución confirma también que el Banco Santander debe eliminar estas cláusulas de todas las escrituras afectadas, abstenerse de utilizarlas en el futuro y publicar la sentencia a su costa en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) y en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación.

ADICAE recuerda que ha impulsado acciones judiciales colectivas por los llamados “gastos hipotecarios” contra más de un centenar de entidades bancarias en toda España, para lograr la restitución de los derechos y cantidades indebidamente pagadas a las personas hipotecadas.

Esta sentencia demuestra una vez más la importancia de las acciones colectivas impulsadas por ADICAE y la necesidad de que los consumidores actúen organizadamente frente a los abusos bancarios.

Para cualquier asunto relacionado con la nota de prensa pueden contactar con el teléfono 607261951 o bien a través del email: prensa@adicae.net

Las transferencias inmediatas ya son obligatorias: rapidez, seguridad y sin sobrecostes para el consumidor

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Desde el 9 de octubre de 2025 se aplican las nuevas normas que hacen que los pagos inmediatos en euros sean obligatorios en toda Europa. Este cambio forma parte de la Estrategia de Pagos del Eurosistema, cuyo objetivo es impulsar la adopción generalizada de los pagos inmediatos en la zona SEPA (Zona Única de Pagos en Euros).

¿Qué es una transferencia inmediata?

Una transferencia inmediata es una operación bancaria que permite enviar y recibir dinero en cuestión de segundos, disponible las 24 horas del día, todos los días del año.

Funcionan a través del sistema SEPA Instant Credit Transfer (SCT Inst), que conecta a los bancos europeos para que el dinero llegue al destinatario en menos de 10 segundos, con confirmación inmediata para ambas partes.

En cuanto al importe máximo permitido, las transferencias inmediatas SEPA están limitadas a 100.000 euros por operación, aunque cada banco puede aplicar límites inferiores por razones de seguridad o política interna.

La principal diferencia con las transferencias SEPA tradicionales, es que estas últimas suelen tardar entre uno y dos días hábiles en completarse, y no se procesan durante fines de semana o días festivos. Además, antes de la nueva normativa, muchas entidades cobraban comisiones adicionales por ofrecer transferencias inmediatas o directamente no las tenían disponibles.

Con la nueva regulación, todos los bancos europeos están obligados a:

  • Ofrecer transferencias inmediatas en euros tanto para enviar como para recibir fondos.
  • Aplicar el mismo coste o uno inferior que el de las transferencias normales.
  • Mantener el servicio activo las 24 horas, los 7 días de la semana.
  • Verificar que el nombre y el IBAN del destinatario coinciden antes de ejecutar la operación, para prevenir fraudes.

Desde ADICAE valoramos positivamente esta medida, que representa un avance significativo hacia un sistema de pagos más eficiente, transparente y equitativo en la Unión Europea. La equiparación del coste entre las transferencias tradicionales e inmediatas supone un progreso importante en la protección de los consumidores, al evitar los abusos y sobrecostes que muchas entidades venían aplicando.

Además, esta nueva regulación permitirá a los usuarios disponer de su dinero de manera instantánea, agilizar sus pagos cotidianos y a las empresas mejorar su liquidez, eliminando las limitaciones impuestas por los horarios bancarios y favoreciendo una economía más dinámica y accesible para todos.

ADICAE analiza el uso de la Inteligencia Artificial en los asistentes virtuales de las empresas españolas

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La asociación evalúa cómo bancos, compañías de telefonía, energía, comercio y aplicaciones domésticas están incorporando asistentes virtuales, chatbots y otras soluciones de inteligencia artificial (IA) en la atención al consumidor.

El comercio electrónico en España atraviesa una transformación acelerada, marcada por la incorporación de IA en los canales de atención al cliente. Con el objetivo de evaluar este fenómeno, ADICAE ha llevado a cabo un estudio sobre las aplicaciones de IA ofrecidas por las empresas directamente al consumidor final, dejando al margen intermediarios y plataformas comerciales, para poder evaluar la responsabilidad de los prestadores de servicios en su interacción con los clientes.

Se han clasificado los sectores en Banca, Energía, Telecomunicaciones, Comercio y Hogar, cubriendo así los servicios que representan la mayor parte del gasto familiar, y se les ha sometido a un Checklist de evaluación que incluye un cuestionario y una conversación estandarizada centrada en los derechos del consumidor ante la IA utilizando credenciales de clientes reales cuando el servicio es exclusivo o sin identificación cuando está abierto al público general.

De los resultados de la Checklist se han obtenido las siguientes conclusiones:

  1. No hay recomendaciones personalizadas en asistentes virtuales. Las IAs de recomendaciones personalizadas ajustadas al perfil del cliente solo son utilizadas internamente por las empresas para dirigir mejor su publicidad, pero todavía no se aplican en los asistentes virtuales, a pesar de hacen loguearse al cliente en la práctica le dan una información básica que le podrían dar a cualquier usuario

  2. Interacción limitada: la mayoría de las compañías solo ofrecen asistentes virtuales muy básicos, suelen limitarse a una mera ayuda para navegar por la web de la empresa.

  3. Predominio de respuestas automáticas: las IAs más frecuentes son automáticas (respuestas cerradas) o interactivas simples (entienden preguntas, pero solo con información interna, de su web). Las IAs generativas, capaces de aportar valor añadido, todavía no tienen una aplicación práctica en los asistentes virtuales de las grandes empresas.

  4. Derivación a humanos en consultas complejas: en banca, energía y telefonía, los asistentes virtuales suelen redirigir al usuario a una persona física ante cualquier pregunta con un mínimo de dificultad. Solo en comercio minorista aparecen recomendaciones por IA algo más personalizadas.

  5. Uso en el hogar muy básico: aplicaciones para altavoces, puertas automáticas, o termostatos inteligentes utilizan la aplicación de comandos, el uso de la IA actualmente suele limitarse a aplicar tecnología conversacional para accionar estos comandos.

La IA aporta herramientas útiles, pero se esta produciendo un efecto de IA Washing en las grandes empresas, nos bombardean con la oferta de avances tecnológicos que en la mayoría de los casos están muy lejos de suponer una mejora para el consumidor.

ADICAE seguirá analizando el impacto de estas tecnologías e informando al consumidor a través del inicio de una campaña de talleres prácticos sobre el uso óptimo de la IA en el consumo en todo el territorio español.

Enlace al Estudio

https://www.consumidordigital.org/ley-de-servicios-digitales-copy/

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Tus datos, tus derechos: ser dueños de nuestra información en la era digital

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El 12 de septiembre se hizo efectiva la aplicación de una nueva normativa europea, el Reglamento de Datos, también conocido como Data Act, que marca un antes y un después en el mundo digital. Su propósito es que nosotros, como usuarios, seamos dueños de los datos que generamos y podamos elegir qué hacer con ellos.

  • Aunque ya ha comenzado a aplicarse, algunas de sus disposiciones se implementarán de forma progresiva y no serán plenamente efectivas hasta 2026.

En ADICAE creemos que, en la sociedad digital, los datos son un recurso de enorme valor. Pueden mejorar servicios personalizados, impulsar la innovación tecnológica o aumentar la eficiencia en sectores clave. Pero ese valor no debe quedarse solo en manos de las grandes compañías: también debe revertir en quienes generamos esos datos, es decir, en las personas consumidoras, que tenemos que conocer la importancia de nuestros datos y saber cómo podemos aprovecharlos.

Hoy vivimos rodeados de dispositivos conectados que registran casi todo lo que hacemos: un reloj inteligente que mide nuestros pasos, un coche que guarda nuestras rutas o un robot aspirador que aprende cómo es nuestra casa. Toda esa información tiene un valor incalculable, y hasta ahora no siempre estaba claro quién podía utilizarla ni con qué fines. Con este reglamento se establecen normas claras para que el control de esa información también esté en manos de los consumidores.

¿Qué son los productos y servicios conectados?

El reglamento define como producto conectado a cualquier dispositivo capaz de recoger y transmitir información sobre su uso, su entorno o su rendimiento. Esto incluye:

  • Dispositivos cotidianos, como pulseras o relojes inteligentes que monitorizan pasos, pulsaciones u horas de sueño.

  • Electrodomésticos conectados, desde neveras que miden el consumo hasta bombillas inteligentes o robots aspiradores que mapean el hogar.

  • Vehículos conectados, que almacenan datos de ubicación, trayectos, consumo y estado interno.

  • Maquinaria industrial inteligente, que genera datos sobre la producción de un empleado o el mantenimiento de máquinas.

Junto a los aparatos físicos, el Data Act también alcanza a los servicios conectados, aquellas plataformas, aplicaciones o herramientas online que procesan, analizan o gestionan los datos generados por un dispositivo físico. Lo que incluye:

  • Plataformas en la nube: son servicios que guardan y procesan los datos en servidores externos en lugar de tu propio dispositivo. Ejemplo: cuando tu coche eléctrico sube a la nube información sobre tus trayectos o consumo, que luego puedes consultar.

  • Aplicaciones de análisis: son programas o apps que no solo almacenan, sino que interpretan los datos para ofrecerte conclusiones o recomendaciones. Ejemplo: una app de fitness que analiza tus pulsaciones, sueño y pasos para darte consejos personalizados.

  • Herramientas de gestión que cruzan y utilizan esos datos: son programas o servicios que juntan información de diferentes aparatos o aplicaciones para darte una visión más completa y útil. Ejemplo: una app de casa inteligente que combina los datos de tu calefacción, las luces y los sensores de movimiento para ajustar automáticamente la temperatura y ahorrar energía.

En definitiva, hablamos de un ecosistema digital en constante crecimiento que produce información valiosa de forma permanente.

Tus nuevos derechos como consumidor

El Data Act refuerza los derechos ya reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), pero con un enfoque mucho más práctico y adaptado a la realidad de los productos y servicios conectados. Para ti significa:

  • Acceso sencillo y gratuito: podrás consultar los datos generados por tus dispositivos de forma clara, segura y en tiempo real. Ejemplo: podrás ver los registros de tu coche sobre consumo de combustible o estado de piezas, sin depender de que el fabricante te cobre por esa información.

  • Portabilidad sin barreras: tendrás la opción de mover tus datos a otro proveedor o pedir que se transfieran directamente a un tercero. Ejemplo: si cambias de aplicación de salud, podrás mover el historial de tu reloj inteligente sin tener que empezar desde cero.

  • Acceso por diseño: desde 2026, los dispositivos deberán estar pensados desde el inicio para que acceder a los datos sea fácil e inmediato. Ejemplo: un electrodoméstico inteligente tendrá que incluir desde el inicio una forma clara de exportar datos sobre consumo energético.

  • Transparencia total: las empresas estarán obligadas a informarte sobre qué datos recogen, para qué los usan, con qué frecuencia y si los comparten. Ejemplo: si usas una aspiradora inteligente, sabrás si los mapas de tu casa se guardan, se usan solo para mejorar el servicio o se comparten con terceros.

  • Contratos más justos: se limitarán las cláusulas abusivas que restringen tu libertad para usar o transferir tus propios datos de una compañía a otra. Ejemplo: si hoy una empresa te dice que no puedes compartir con un taller independiente los datos de tu coche, eso dejará de ser legal, porque esos datos también te pertenecen a ti.

  • Compatibilidad entre servicios y proveedores: para evitar que los consumidores queden “atrapados” en una única plataforma, de modo que puedas combinar productos de diferentes marcas sin perder acceso a tus datos. Ejemplo: si usas una aplicación de almacenamiento en la nube y decides cambiar a otro proveedor, podrás transferir tus archivos y configuraciones sin que sea un proceso complejo o lleno de restricciones.

  • Seguridad y equilibrio: la ley garantiza que tus datos sensibles no puedan ser usados ni compartidos sin tu consentimiento, pero también prevé excepciones muy concretas en beneficio del interés general. En situaciones de emergencia, como crisis sanitarias o desastres naturales, las administraciones públicas podrán acceder a determinados datos para proteger a la sociedad. Ejemplo: en caso de una inundación, se podrían utilizar datos de sensores conectados para localizar zonas en riesgo y organizar una respuesta más rápida y eficaz.

Vías de reclamación y contacto con las empresas

El Data Act también establece mecanismos prácticos para que los consumidores podamos ejercer nuestros derechos de forma efectiva:

  • Solicitud directa a la empresa: en la práctica, cualquier persona podrá dirigirse a la compañía que fabrica el producto o presta el servicio para pedir acceso, copia o transferencia de sus datos.

  • Respuesta en plazos razonables: las empresas estarán obligadas a contestar en un plazo claro y justificado, evitando demoras o silencios.

  • Vías electrónicas accesibles: los fabricantes y proveedores deberán ofrecer canales digitales sencillos (formularios en la web, correo electrónico específico, paneles de usuario) para facilitar la gestión de solicitudes.

  • Reclamación ante autoridades competentes: si la empresa incumple, el consumidor podrá acudir a las autoridades nacionales de protección de datos o de consumo para exigir el cumplimiento de sus derechos.

Un paso hacia un futuro digital más justo

Para ADICAE, el Data Act representa un avance decisivo en la defensa de los consumidores. En un momento en el que la inteligencia artificial y las nuevas tecnologías crecen alimentadas por la información personal, resulta esencial que no perdamos el control sobre nuestros datos.

Ser dueños de nuestra información significa decidir cómo se usa, cuándo compartirla y con quién, garantizando tanto nuestra privacidad como la posibilidad de beneficiarnos de su valor. El Data Act abre así la puerta a un futuro digital más justo, equilibrado y transparente, en el que los consumidores dejamos de ser meros generadores de datos para convertirnos en protagonistas activos de la era digital.