
“Condenar a la mercantil a la devolución a los demandantes de las cantidades cobradas indebidamente en aplicación de dicha cláusula, con los intereses legales desde la fecha de cada cobro, sobre la base de recalcular los pagos que hubiesen tenido que efectuar los demandantes en el caso de que la cláusula declarada nula nunca hubiese existido”. “Reintegrar a los demandantes todo lo que hubiese obtenido en exceso en concepto de intereses”. “Amortizar en cada crédito la cantidad que se determine”. “Recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde su constitución, y que regirá hasta el fin del préstamo”. Estos son los términos en los que se pronuncia el juez de lo Mercantil número 1 de Bilbao al respecto de una demanda agrupada presentada por ADICAE en representación de un grupo de afectados por cláusulas suelo. Leer más





