J.C.M y .A.C.G, vecinos de Valencia ya entrados años han visto cómo por fin se acaba la pesadilla que les ha impedido disfrutar de sus ahorros para afrontar con calma su jubilación. El juzgado de primera instancia 21 de Valencia ha obligado a Bankia a devolverles los 40.800 euros que, en global, habían invertido en participaciones preferentes en varias operaciones realizadas con Bancaja en los años 1999, 2000 y 2008.

Los afectados siempre habían creído que tenían sus ahorros “en un depósito a plazo fijo, sin riesgo”, como la inmensa mayoría de los integrantes de la Plataforma de Afectados por Participaciones Preferentes y Otros Productos Tóxicos impulsada por ADICAE que, de manera colectiva, con apoyo mutuo y movilizaciones a pie de calle, de juzgado y de entidad financiera, ayudan a impulsar las demandas tanto colectivas como individuales que sigue presentando ADICAE en juzgados de toda España.

En este caso, sentenciado por el juzgado de primera instancia 21 de Valencia, ha sido muy importante el testimonio de uno de los comerciales de la entidad entre 1994 y 2006, quien reconoció que “él era agricultor y ella ama de casa, los productos que solían tener eran cuentas corrientes y algún plazo fijo, no tenían formación financiera”, se indica en la sentencia.

Bankia ni siquiera fue capaz de aportar ninguna prueba al juicio. “No consta que se informara al cliente de forma proporcionada y correcta cuales son las características del producto, ni las consecuencias respecto al capital invertido, ni que se entregara ningún otro elemento que permita conocer el producto suscrito, tal como un folleto explicativo, en especial el riesgo que afectaba a dicha operación”, explica el magistrado.

La entidad no comprobó el perfil de inversor de sus clientes, “tanto en relación a la venta anterior a MIFID al no asegurarse que tenían información sobre el producto, como en las posteriores en la que no practicó el test de idoneidad preceptivo de conformidad con el artículo 79 bis de la Ley 24/1988 y el 72 del RD 217/08”, indica el juez.

La defensa de la entidad se basó en aspectos insustanciales, como que en el año 2000 vendieron parte de los productos, por los que obtuvieron 9.000 euros. Esto, para el juez, “no implica que conocieran las características del producto, por cuanto no consta documentación alguna de cómo se produjo la venta y qué información se suministró”.

La cifra de usuarios que han recuperado sus ahorros gracias a la acción colectiva de ADICAE ya asciende, de esta manera, a 1.688: 727 de Caja Madrid, 424 de Bancaja, 196 de Caixa Catalunya, 96 de Caixa Galicia, 62 de Caixa Laietana, 60 de Caja España – Caja Duero, 48 de Caixa Nova, 34 de Banco Santander, 19 de Caja Rioja, 16 de Caja Segovia, 13 de Caja Canarias, 7 de Cajastur y 6 de Caja Ávila. La media de los ahorros depositados por los afectados ronda los 30.000 euros. Estas cantidades recuperadas, unidas a las sentencias favorables que acumula ADICAE, hacen que la banca tenga que devolver, por ahora, 49.044.017,42 euros.

Estos datos no significan una solución real para todos los afectados, pero demuestran que la presión social colectiva y la acción de mediación realizada seria y profesionalmente, son altamente efectivas. No obstante es preciso seguir luchando para impulsar una solución colectiva a este clamoroso fraude. Nuestra asociación sigue presentando demandas agrupadas, recopilando la documentación de los consumidores que quieran denunciar a su banco por este turbio asunto y realizando asambleas informativas en todo el Estado.

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