La actual norma que regula los Fondos de Garantía de Depósitos (el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito) establece las vías a través de las cuales se nutre dicho Fondo. Con carácter excepcional en su artículo 3.6 prevé que las aportaciones por parte del Banco de España únicamente lo serán “a efectos de salvaguardar la estabilidad del conjunto de las entidades adscritas”, con lo que una eventual quiebra de grandes dimensiones podría dar lugar a una falta de garantías o una demora insostenible de las indemnizaciones de los usuarios.

Dado que mediante el Real Decreto anunciado hoy por la Ministra de Economía se establece una nueva función del Fondo de Garantía de Depósitos y por tanto un nuevo destino de las cantidades acumuladas en el mismo, ADICAE estima necesario que, como forma de garantizar los depósitos de los usuarios, se prevea que en aquellas circunstancias en las que puedan existir posibles dificultades para hacerla efectiva, el Banco de España realizará necesariamente las aportaciones necesarias para evitar perjuicios a los depositantes. Hay que recordar que los activos actuales de estos Fondos de Garantía (en torno a los 6.593 millones de euros) han sido aportados por los propios consumidores (que es de donde sale todo el dinero de las entidades).

Por ello, ADICAE se ha dirigido hoy mismo a la Presidencia del Gobierno y al Ministerio de Economía exigiendo que el Real Decreto incorpore esta previsión de aportaciones del Banco de España incorporando al artículo 3.6 el añadido de “y en cualquier caso siempre que haya riesgos de demora o impago de las indemnizaciones que la legislación vigente garantiza a los usuarios”. Así mismo ADICAE denuncia que estos fondos vayan a ser utilizados ya casi en su 50% para cubrir los agujeros de la CAM, y cabe recordar además que la función primaria y más importante de los Fondos de Garantía según la normativa de la Unión Europea es la seguridad de los depositantes de bancos y cajas.

El Gobierno actual puede regular materias de auténtica emergencia económica y social hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno y constitución de las Cortes, tales como la gravísima situación hipotecaria de las familias que creemos toda la opinión pública española considera que requiere medidas inmediatas que están siendo pospuestas. Sin embargo se deberían posponer por su falta de urgencia los proyectos de Orden Ministerial, impulsados a última hora y con prisas, que una vez más deterioran gravemente aspectos claves para los usuarios de servicios financieros.

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