Informamos a los consumidores que según el artículo 20.9 de la Ley de Contratación de Seguros el CCS incurrirá en mora si no abona la indemnización tras el plazo de tres meses desde la fecha de reclamación de la misma.

 

El último temporal de lluvias que ha afectado, entre otros, a Madrid y Toledo, ha provocado multitud de desperfectos materiales por los cuales, los consumidores que cuenten con la cobertura de un seguro, pueden reclamar su compensación, recuerda ADICAE.

Dicha reclamación se ha de dirigir al Consorcio de Compensación de Seguros, dado que ha sido producido por un fenómeno no previsible. Una de las vías para presentar la reclamación de indemnización es telemáticamente a través de la web https://www.consorseguros.es/ utilizando el certificado digital para acceder. La segunda alternativa de presentación es la telefónica, llamando al teléfono gratuito 900 222 665. Las compañías aseguradoras, a pesar de no tener que cubrir los daños de la Dana, deben informar y ayudar a los consumidores a presentar su reclamación ante el consorcio.

Según Real Decreto 300/2004, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios “la valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios”. De todas formas, recordamos que, en caso de no estar de acuerdo con la valoración de daños del consorcio, el consumidor puede contratar su propio perito para realizar una reclamación ante el CCS.

ADICAE recuerda tener a mano información importante a la hora de realizar la reclamación, como los datos de la póliza del seguro (número y entidad), datos personales y del asegurado, datos de la cuenta bancaria donde realizar el pago, datos del vehículo afectado (en su caso), fecha y dirección donde ha ocurrido el siniestro.

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