El pasado 28 de enero el Tribunal Supremo resolvía que los gastos de tasación correspondían al banco y no al consumidor. Esta sentencia confirmaba la doctrina que venía defendiendo ADICAE, al pronunciarse al fin sobre los gastos de tasación y asumiendo la nulidad de la cláusula y el reintegro de las cantidades indebidamente pagadas.

Desde ADICAE se recibía con satisfacción esta sentencia que ratifica por lo tanto que los consumidores tienen derecho a la restitución de los gastos hipotecarios a todos los consumidores con hipoteca anterior a la ley de Crédito Inmobiliario de 2019.

No obstante, ADICAE considera fundamental que el Gobierno promueva la modificación de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario para que los consumidores con préstamos suscritos después de la entrada en vigor de dicha ley también puedan beneficiarse por la sentencia del Tribunal Supremo que ha atribuido los gastos de tasación a la entidad bancaria.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

El Tribunal Supremo, con esta sentencia, atribuye la restitución del 100% de la tasación a los consumidores, cantidad que se suma a la del registro y gestoría en su totalidad, además del 50% de la notaría.

Ahora bien, ADICAE continúa insistiendo en la devolución de todos los gastos hipotecarios, incluido el IAJD, el cual supone casi dos tercios del total de costes indebidamente cargados a millones de consumidores.

Esta reclamación del pago del IAJD tiene su origen en su imposición al consumidor a través de una cláusula predispuesta y no negociada y que es declarada nula por abusiva. En consecuencia, desde la Asociación se viene solicitando su expulsión y la restitución íntegra al prestatario de los gastos indebidamente pagados por este.

Pronunciamiento de Europa sobre los gastos hipotecarios

Esta sentencia del Alto Tribunal llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictara el pasado día 16 de julio que, entre otros aspectos, el juez nacional no puede negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula declarada nula por abusiva, salvo que las disposiciones de derecho nacional aplicables en defecto de dicha cláusula impongan al consumidor el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos; abriendo así la discusión sobre si existen o no y qué normas de derecho nacional que imponen ese gasto al consumidor.

Demandas de ADICAE

Hasta el momento, ADICAE ha interpuesto 107 demandas colectivas reclamando todos los gastos para los consumidores, incluido los de tasación. Estas demandas, que agrupan a más de 2.000 afectados y se han llevado a cabo en 28 provincias diferentes, se están resolviendo con resultados favorables para los consumidores, permitiéndoles recuperar los gastos hipotecarios de una forma rápida, sencilla y económica.

Según las características de cada hipoteca, la Asociación estima que de media el consumidor puede recuperar 1.000 euros a la banca al reclamar y recuperar el 100% de los gastos de tasación, registro y gestoría y el 50% de los gastos de notaría.

Para calcular la cantidad que el consumidor puede recuperar por gastos hipotecarios, ADICAE invita a los usuarios a que hacer llegar a una de las sedes una copia de las facturas de los gastos hipotecarios. Posteriormente, los abogados de la asociación le entregarán al consumidor un aproximado de las cantidades a recuperar.

Tras esta nueva sentencia del Supremo, ADICAE anima a todos los hipotecados a defender sus derechos y a unirse a las reclamaciones a través de la plataforma https://colectivos.adicae.net/asambleas_p.php?id=77&nombre=. En ella, los afectados podrán informarse y adherirse a la campaña que ADICAE está llevando a cabo para garantizar el resarcimiento de las cantidades indebidamente pagadas al momento de firmar la hipoteca.

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