La memoria de 2020 de la DGS refleja que el 28% de las reclamaciones terminaron con un informe favorable a la entidad, y en el 46% de los casos el servicio de reclamaciones no pudo emitir un pronunciamiento expreso que estimara o desestimara la pretensión del interesado

Según la memoria, los servicios de atención al cliente de las aseguradoras solo dieron la razón al asegurado en una de cada tres reclamaciones presentadas

La memoria de 2020 del servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones refleja un año más la ineficacia del actual sistema de reclamaciones de los seguros y planes de pensiones, dando la razón a organizaciones como ADICAE, que lleva años reivindicando para los consumidores una reforma integral del sistema de reclamación extrajudicial en el ámbito financiero, sistema que queda por fin finiquitado con la aprobación en Consejo de Ministros del anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero.

Con la creación de La Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que estará adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y contará con autonomía e independencia funcional, se potencia la resolución extrajudicial de conflictos evitando la excesiva judicialización de conflictos en el ámbito financiero que han tenido lugar en los últimos años (preferentes, obligaciones subordinadas y otros productos tóxicos, cláusula suelo, gastos hipotecarios o tarjetas revolving). Y también se mejora la eficiencia en la protección de los usuarios financieros al centralizar en un único organismo los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dándose un tratamiento conjunto y coordinado a las reclamaciones planteadas por todos los clientes financieros.

El servicio será gratuito para los clientes financieros, que podrán presentar las reclamaciones sin necesidad de un abogado o procurador. Las resoluciones se dictarán de forma ágil, atendiendo a criterios uniformes, en un plazo no superior a 90 días, y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones sean de una cuantía inferior a 20.000 euros.

El incumplimiento de las resoluciones vinculantes de la autoridad, así como algunas otras actuaciones de las entidades financieras, podrán ser objeto de sanción por parte de la autoridad.

Puedes consultar el Informe de Seguros y Fondos de Pensiones 2020 en este enlace.

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