A pesar de haberse regulado el mercado de vivienda a través de la famosa “Ley de Vivienda” que entró en vigor el pasado mayo, los propietarios junto con las inmobiliarias continúan aumentando el precio de los alquileres aceleradamente, mientras que otros inventan otras maneras de evitarla por la existencia de vacíos legales.

Desde Adicae consideramos que le Ley de Vivienda, a día de hoy, dista mucho de ser un instrumento eficaz que ampare de manera efectiva los derechos de los consumidores inquilinos. Así pues, en mercados residenciales tensionados donde la ley aprobada asegura que “la renta pactada al inicio del nuevo contrato no podrá exceder de la última renta del contrato de arrendamiento de vivienda habitual que hubiese estado vigente en los últimos 5 años en la misma vivienda” nos encontramos con que todavía no están determinadas estas zonas tensionadas y, por lo tanto, se dejan sin efecto las disposiciones legales que amparan al inquilino en estas zonas.

Se están produciendo evitaciones por parte de algunos propietarios (amparados en tremendos vacíos legales de la misma) para burlar articulados dirigidos “a favor del consumidor”, como el hecho de alquilar habitaciones a diferentes personas en una misma vivienda o alquilar por 11 meses sin tener que cumplir el período anual son habituales en el día a día.

A este respecto, hay que recordar que el hecho de vivir en una habitación de una vivienda compartida y no en un piso independiente es una de las opciones más elegidas por los consumidores para sufragar el excesivo aumento del precio del alquiler, o bien, para hacer frente a un aumento desorbitado del euríbor que ha generado incrementos de miles de euros anuales en las cuotas hipotecarias. Este aumento de demanda deriva en un aumento de oferta, esquivando así la Ley de Vivienda. Por ejemplo, el precio medio de una habitación a nivel nacional se encuentra en 445. En las ciudades con mayor población (es decir, en mercados residenciales tensionados) el precio medio se dispara, como en el caso de Barcelona, siendo esta cifra de 590€ por habitación y mes. En otras ciudades como Madrid, Bilbao o Pamplona se superan los 500€ por este mismo concepto.

Es altamente peligroso invertir en una hipoteca, o en el pago de la renta de una vivienda (o de una habitación como en este caso) más del 30 o 35% de la renta mensual que se percibe, por lo que, en todos estos casos, estamos hablando de que las personas que contratan estas habitaciones tendrían que tener sueldos holgadamente por encima de los 1.500€ netos mensuales algo que no sucede en la mayoría de los casos.

Otra de las lagunas legales que Adicae denuncia radica en cómo la ley no permite al propietario echar de la vivienda al inquilino en un plazo de 5 años, el problema viene como excepción a continuación: “a no ser que se destine como vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial”. Y esto debe comunicarse al inquilino con, al menos, dos meses de antelación. Como el propietario no se ve obligado a justificar este hecho de manera fehaciente al arrendatario, éste se ve impelido a abandonar la finca. Muchas veces estos hechos son ficticios, una excusa perfecta para vaciar la vivienda. Tras los tres meses en los que el propietario se queda la vivienda, ya la tiene disponible para alquilarla al precio que más le interese. Una argucia que, sin pretenderlo, la ley ampara por falta de previsión.

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