Tras la vista celebrada en la Audiencia Nacional, el juez Andreu deberá determinar el importe de la fianza que, para cubrir las eventuales responsabilidades civiles derivadas del fraude de la salida a Bolsa de Bankia, deba establecerse para así resarcir en su momento a los cientos de miles de afectados que se siguen sumando a la querella presentada por la Asociación
ADICAE considera que la fianza para cubrir el importe de las responsabilidades civiles debe ascender como mínimo a los 3.000 millones que la entidad captó de modo fraudulento en su salida a Bolsa, con unas cuentas falseadas según acreditaron además varios peritos del Banco de España recientemente.
La vista ha puesto de manifiesto no obstante la existencia de posiciones paradójicas, como las mantenidas por el FROB (en teoría acusación en el proceso aunque cada día ejerciendo ese papel de forma más contradictoria) y la propia Fiscalía, que se han opuesto al establecimiento de fianza alguna.
No obstante, y como han argumentado los Servicios Jurídicos de ADICAE, en este momento se dan las condiciones que la Ley fija para el establecimiento de fianzas: la apariencia e indicios suficientes de criminalidad y el peligro de mora (eventual insolvencia que hiciera imposible el resarcimiento a las víctimas).
Además la Fiscalía se ha opuesto a la petición de ADICAE bajo el argumento de que algunos pequeños accionistas engañados han podido vender las acciones, a lo que ADICAE ha respondido que la fianza tiene como objeto garantizar el resarcimiento y que en momentos posteriores podrá procederse a la concreción e individualización de las cantidades que a cada accionista pudieran corresponder, al margen de que también quienes vendieron fueron víctimas del fraude y han podido sufrir pérdidas derivadas del mismo.
ADICAE distingue dos tipos de perjudicados en Bankia: los accionistas engañados y los accionistas forzosos. Los primeros son los ahorradores tradicionales a quienes se colocaron acciones de la salida a Bolsa de Bankia, sin que se explicaran claramente los riesgos que asumían con ello. Los segundos son los clientes a los que se colocaron participaciones preferentes que después se han convertido en acciones de la entidad de forma forzosa.