La nueva reforma fiscal aprobada por el Gobierno y que se pondrá en marcha en 2015 trae varias novedades en cuanto a las obligaciones de los ahorradores con Hacienda. Así, hay nuevos tipos impositivos para el ahorro, que bajan, aunque más para las rentas altas. Se podrán compensar plusvalías y minusvalías de distinta naturaleza: rendimientos del capital y ganancias patrimoniales. Los pequeños accionistas pierden sus ventajas fiscales, lo mismo que los propietarios de activos adquiridos antes de 1994. Los planes de pensiones se modifican, pero apenas lo notarán la mayoría de ahorradores. Cambios que en poco o nada benefician al ahorro popular.

 Nuevos tipos para el ahorro 

Las plusvalías, las ganancias obtenidas por los rendimientos del ahorro, tributaban en función de su antigüedad. Las obtenidas en menos de un año tributaban al tipo general del contribuyente, que hoy va del 24,75% al 52%, mientras que las obtenidas a más de un año lo hacían al tipo del ahorro: al 21% hasta 6.000 euros; al 25% hasta los 24.000 euros siguientes y al 27% para ganancias superiores. Desde 2015, esa distinción desaparece, y se rebajan los tipos, que volverán a bajar en 2016: al 20% hasta 6.000 euros (19% en 2016); al 22% hasta los 50.000 euros siguientes (21% en 2016) y al 24% para ganancias que superen esa cantidad (23% en 2016).

Según este nuevo modelo, un importante tramo de plusvalías del ahorro, las que van de los 6.000 euros a los 50.000 eruos quedarán sujetas en menos de un par de años al 21%, apenas dos puntos porcentuales por encima de las rentas más bajas, y otro tanto porcentaje por debajo de las grandes rentas.

 Compensaciones de rendimientos del capital y pérdidas patrimoniales 

Otro cambio importante es que se podrán compensar los rendimientos del capital (deuda pública y depósitos) con las ganancias o pérdidas patrimoniales (Bolsa). En la actualidad, lo obtenido en intereses en depósitos, renta fija o deuda pública no podía compensarse fiscalmente con las pérdidas en Bolsa o las minusvalías en la venta de un inmueble (pérdidas patrimoniales). Ahora el contribuyente podrá rebajar su aportación al erario público por lo que le reporten su ahorro más conservador compensando sus pérdidas en inversiones de otra naturaleza. Esta modificación se hará de forma gradual para evitar un impacto brusco en las cuentas de Hacienda.

De llevarse a término esta medida, afectará también a los preferentistas, que vieron como las participaciones preferentes que les colocaron de forma fraudulenta fueron posteriormente canjeadas por acciones. Las pérdidas de capital obtenidas en este proceso servirán para compensar las ganancias patrimoniales que se puedan obtener de las acciones obtenidas en el canje. Esto solo repercute en los usuarios de Bankia , ya que ni las acciones de Novagalicia y ni las de Catalunya Bank cotizan en Bolsa. Del mismo modo, quienes vendan estas acciones y obtengan plusvalías podrán compensar con estas el rendimiento de capital negativo.

 Los pequeños accionistas se quedan sin exención fiscal 

Los dividendos que pueda generar ser accionista de una empresa o entidad también experimentan cambios en cuanto a su fiscalidad. Hasta ahora, los dividendos inferiores a 1.500 euros estaban libres de pagar impuestos, algo que sobre todo era interesante para los pequeños inversores. A partir de la entrada en vigor de la reforma fiscal, la retribución por ser accionista tributará sin excepciones, según los tramos más arriba citados.

 Los activos más antiguos pierden sus ventajas fiscales 

La reforma fiscal acaba con la figura de los coeficientes de abatimiento, lo que afectará a los ahorradores con activos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994. Estos coeficientes permiten reducir la tributación de las ganancias obtenidas por acciones o inmuebles comprados antes de esa fecha, y se aplica al beneficio generado desde el momento de la compra hasta el 20 de enero de 2006.

Estos coeficientes han permitido que determinados activos que cumplen las condiciones lleguen a estar exentos de la ganancia acumulada en el citado espacio temporal, o que se llegue a tributar solo el 25% de lo obtenido hasta 2006. Desaparece, pues, un régimen que beneficiaba a los activos con más antigüedad, algo a tener en cuenta de cara a las obligaciones con Hacienda.

 Escaso alcance para los planes de pensiones 

También hay cambios, aunque de escaso alcance, en lo referente a los planes de pensiones, un producto que tanto Gobierno como entidades financieras tratan de incentivar a toda costa. Las aportaciones máximas que se podrán reducir la base imponible de la declaración de la renta pasan de 10.000 euros (12.500 euros para mayores de 50 años) a 8.000 euros. Una medida que se justifica porque pocos partícipes de estos planes alcanzaban la cifra máxima, pero que tendrá poco efecto en la mayoría, ya que la aportación anual media se sitúa en los 1.375 euros, todavía muy lejos del nuevo límite.

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