El juez Andreu ha pedido una fianza de 800 millones de euros para Bankia, Banco Financiero y de Ahorros, Rodrigo Rato, Francisco Verdú, José Manuel Olivas y José Manuel Fernández por la fraudulenta salida a Bolsa de Bankia. Si en un plazo de un mes no han pagado dicha cantidad, el juez decretará el embargo de sus bienes hasta cubrir dicha suma.
En su auto judicial el magistrado de la Audiencia Nacional asegura que “causa cierto estupor que a una sociedad de reciente creación, que carece de cuentas consolidadas de ejercicios anteriores debidamente auditadas se le permitiera salir a Bolsa, pero lo cierto es que en este caso la CNMV lo autorizó, sobre la base -suponemos- de la ‘información financiera pro forma’ basada en hipótesis y proyecciones, que arrojaba una imagen de la sociedad favorable para la misma”.
Andreu estima que nadie puede cuestionar que el desplome de las acciones de Bankia y la consiguiente pérdida de dinero para los inversores minoristas que acudieron a la OPS nada tiene que ver con un riesgo “normal”, habida cuenta de que la situación patrimonial reflejada en el folleto de emisión poco o nada tenía que ver con la real, puesta de manifiesto unas semanas después.
Los estados contables no reflejaban la situación real de la entidad
El juez ha corroborado las tesis de nuestra asociación, indicando que, tal y como aparece también en el informe pericial, los estados financieros de BFA y de Bankia incluidos en el folleto de emisión “no expresaban la imagen fiel de la entidad”.
Además, el proceso del precio de fijación de las acciones antes de la salida a Bolsa también le plantea dudas al magistrado, ya que “un porcentaje significativo de las ofertas de compra se realizaron por entidades vinculadas o con estrechas relaciones de negocio con Bankia. Se han detectado órdenes inexplicables realizadas por acreditados con operaciones refinanciadas y retrasos generalizados en el pago de las cuotas”. El perjuicio directo ocasionado a los clientes que acudieron a la OPS se cifra en 3.092 millones de euros.
Asimismo, en respuestas a preguntas del equipo jurídico de nuestra asociación, el juez responde que las cuentas anuales individuales y consolidadas de Banco Financiero y de Ahorros y de Bankia “no cumplen con la normativa del Banco de España, Circular 4/2004 y Circular 3/2008 del Banco de España, debido a la existencia de errores contables que son el resultado de omisiones o inexactitudes”.
Nuestra asociación distingue dos tipos de perjudicados en Bankia: los accionistas engañados y los accionistas forzosos. Los primeros son los ahorradores tradicionales a quienes se colocaron acciones de la salida a Bolsa de Bankia, sin que se explicaran claramente los riesgos que asumían con ello. Los segundos son los clientes a los que se colocaron participaciones preferentes que después se han convertido en acciones de la entidad de forma forzosa.