BBVA, La Caixa, Caja Madrid, Bankinter, Banco Popular, Caja Rural de Navarra y Caixa Girona han sido demandas por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros -ADICAE- por el abuso continuado a los consumidores a causa de los clips hipotecarios. En las próximas semanas la asociación presentará otras 14 demandas contra otras tantas entidades a causa de estos motivos. El presidente de ADICAE, Manuel Pardos, ha advertido que todas ellas “deberán explicar ante los tribunales de sus prácticas abusivas en la colocación de estos productos”.

ADICAE ha presentado estas siete demandas en nombre de más de 500 afectados -mientras otros 350 ultiman la documentación necesaria para sumarse- por los abusos e ilegalidades cometidos en la colocación de estos productos tóxicos denominados ‘clips’, ‘cobertura de tipos’, ‘swaps’, etc, productos vendidos como seguros frente a las subidas de tipos cuando no eran otra cosa que auténticos derivados financieros. La presentación de estas actuaciones tuvo lugar simultáneamente en Zaragoza, Barcelona y Madrid -en la imagen, esta última comparecencia con la presencia del secretario general de ADICAE, Fernando Herrero, y de Pablo Mayor, abogado de ADICAE-.

Hasta el momento ADICAE ha recopilado más de 1.200 expedientes de consumidores afectados por estas entidades demandas y son hasta 3.500 los afectados de prácticamente todos los puntos de España los que se han acercado a ADICAE para sumarse a la defensa colectiva frente a estos abusos. “Que ni un sólo afectado se conforme y tire la toalla”, ha reclamado el presidente de ADICAE haciendo un llamamiento a todos las víctimas de este abuso, ya que “las vías para resolver el problema se han abierto y seguiremos incorporando a las demandas a todos los consumidores que lo requieran”.

Como continuación de esta primera tanda de demandas presentadas, ADICAE también las interpondrá en las próximas semanas contra SCH, Banesto, Banco de Andalucía, Banco de Castilla, Banco Galicia, Bancaja, Banco de Valencia, Banco Guipuzcoano, CAI, Caja Rioja, Banco Pastor, CAN, Caixa Sabadell, o Banco Sabadell, entre otros.

El grave problema planteado con estos productos tóxicos que han comercializado la gran mayoría de las entidades financieras en España no es sólo el abuso que constituyen, sino el hecho de que están llevando a numerosos consumidores a impagos y embargos fulminantes de sus viviendas por parte de las entidades financieras. “No es posible que se incumplan la práctica totalidad de normas legales del mercado financiero y de la protección del consumidor y no haya consecuencias”, declaró Pardos, que resaltó en relación a la negativa de las entidades implicadas a resolver el problema sin necesidad de acudir a los tribunales que “no parece que la desatención a gravísimos problemas colectivos como el planteado, muestra además de cómo han venido actuando bancos y cajas en España, sea la fórmula más adecuada para restaurar la perdida confianza de los consumidores en el sistema financiero responsable de la crisis actual”.

El número de entidades que han colocado estos falsos seguros y otros datos de los que dispone ADICAE (Bankinter reconoce tener 25.000 afectados entre sus clientes, y se estima que esa cifra no será inferior a 10.000 en el caso de Caixa Galicia) muestran que pueden sobrepasarse los 200.000 afectados en toda España.

 Víctimas de estos productos tóxicos comercializados 

ADICAE propondrá al Gobierno y al Parlamento actuaciones inmediatas después que el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero y el Banco de España no hayan tomado ninguna solución a favor de los consumidores después de tres años de crisis. “Los consumidores no estamos dispuestos a asumir que el Banco de España mire para otro lado mientras los bancos y cajas implicados se embolsan 70 millones de euros indebidamente el último año a través de estos productos tóxicos de cobertura de tipos”, ha destacado Manuel Pardos, que ha añadido que “ADICAE va a pedir la intervención del Parlamento para que de una vez por todas se aborden estas fórmulas de expolio de las familias, como clips, swaps, y coberturas de tipos, o como las ya conocidas ‘clausulas suelo’ que ADICAE denunciará en los tribunales mediante una gran acción colectiva contra 61 entidades”.

Se trata de derivados financieros, productos complejos y de auténtica y pura especulación financiera, que se comercializaron o más bien colocaron como seguros, es decir, no sólo con insuficiente información sino mediante engaño. Se encuentran vinculados a un préstamo hipotecario, y en función de la cuantía del mismo y de los tipos de interés -intercambio- fijados las liquidaciones a las que hace frente el cliente son de mayor o menor importe .

La devolución de todas las cantidades abonadas por la aplicación del producto incrementadas en el interés legal del dinero. Para ello se defiende la nulidad de los contratos por haberse colocado sin la suficiente información a los consumidores, de manera generalizada e indiscriminada e incumpliendo múltiples preceptos legales de los contemplados en las siguientes normas, entre otras: Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad; Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre –vid. Arts. 80 y ss. y cc.-); Ley 7/1998, de 13 de Abril, de Condiciones Generales de la Contratación; diversos artículos del Código 2 Civil; Ley 23/1988, de 28 de Julio, del Mercado de Valores (hoy reformada por la Ley 47/2007 de 19 de diciembre –vid. Art. 2.2 y 78 y 79 y ss. y cc así como el 80.b.-); Ley 26/1988, de 29 de Julio, de Ordenación e Intervención de Entidades de Crédito; Real Decreto 217/2008, de 15 de Febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de Servicios de Inversión y demás Entidades que prestan Servicios de Inversión; Directiva MiFID, Directiva 2004/39/CE de la Comisión, de 21 de abril, relativa a los mercados de instrumentos financieros, aplicada posteriormente por la Directiva 2006/73/CE de la Comisión, de 10 de agosto, en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de
inversión y términos definidos a efectos de aquella.

 Qué dice el Defensor del Pueblo 

El propio Defensor del Pueblo ha expuesto que “estos productos complejos que operan con derivados financieros, están diseñados de tal forma que no cubren el riesgo de fluctuación de los tipos de interés, sino que en caso de subida de los tipos de interés, sí se compensa al cliente con una cantidad en función de esa subida, pero al establecerse una serie de barreras y escalas que limitan la compensación, hacen que ésta no sea proporcional a la subida, en cambio, en el caso de bajada de tipos, se incrementa el riesgo del cliente de forma desproporcionada a la protección que se le ofrece en el caso de subida”.

“No tratándose, por lo tanto, de un producto que cumpla con el objetivo buscado por el citado artículo 19 de la Ley 36/2003, de 11 de Noviembre. De hecho la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha catalogado estos productos como de Alto Riesgo, es decir, para un perfil de cliente altamente especulativo y que está especialmente dirigido a empresas con necesidades de cobertura de divisas y tipos de interés por asuntos de exportaciones e importaciones, difícil de explicar y comprender para una persona que únicamente tiene contratado un préstamo hipotecario”, ha indicado el Defensor del Pueblo.

 Qué ha hecho el Banco de España hasta el momento 

El Banco de España ha emitido resoluciones diversas y contradictorias, en unos casos dando la razón a los consumidores y en otra a las entidades, después de un largo período en el que las reclamaciones “viajaban” del Banco de España a la CNMV y viceversa.

Se han detectado múltiples casos en los que además de haberse impuesto al usuario estos productos tóxicos se le había impuesto una cláusula suelo, de manera que el clips o swap no tenía eficacia ni tan siquiera en un plano teórico. El Banco de España ya ha dado la razón a ADICAE a este respecto.

Los intentos de los clientes por obtener una solución extrajudicial del litigio han sido innumerables. De hecho prácticamente todos los afectados han reclamado al Servicio de Atención al Cliente del banco, al Defensor del Cliente y al Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Incluso alguno ha acudido al Defensor del Pueblo de su Comunidad Autónoma o al Estatal y al Ministerio de Economía y Hacienda. Los intentos han ido baldíos puesto que las entidades no han tenido intención de llegar a una solución negociada. Ni siquiera han acatado las resoluciones del Servicio de Reclamaciones del Banco de España favorables al cliente.

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