La actualización de las primas es una práctica frecuente en los contratos de seguros. El problema surge cuando la actualización de la prima la realiza la compañía de seguros de forma arbitraria, sin seguir unos criterios o índices predeterminados con anterioridad en el contrato. Los incrementos en las primas son totalmente abusivos, muy por encima del IPC, llegando a superar el 20%. El abuso es aún mayor si tenemos en cuenta que si el asegurado se niega a abonar la prima por abusiva, no sólo pierde el derecho a la prestación asegurada, sino que, al no existir la posibilidad de rescate, también perdería todas las aportaciones realizadas hasta la fecha, y que, en algunos casos, llegan a triplicar el valor de la prestación asegurada.

Es importante no contratar un seguro de este tipo antes de los 55-57 años, puesto que de lo contrario se puede llegar a pagar el coste de unos 8 entierros. A partir de los 65 años, el riesgo de fallecimiento es muy alto y el asegurado deja de ser rentable para la compañía aseguradora. Las probabilidades de que se produzca el siniestro se elevan y ante la imposibilidad de la aseguradora de resolver voluntariamente los contratos, incrementa el precio de las primas con la intención de que sea el asegurado quien decida rescindir el seguro.

Pese a tratarse de la modalidad de seguro más contratada en nuestro país, el seguro de decesos carece de regulación específica, favoreciendo la situación de desamparo de los asegurados de esta modalidad de contrato.

 El coste de morirse:2.200 euros 

No menos de 2.200 euros es lo que cuesta morirse, como media, en España. Este desembolso incluye los servicios y gastos básicos: oficio religioso, traslado del cadáver, gastos administrativos y féretro. Pero el precio de una defunción puede ser mucho más elevado. Es necesario, no obstante, aclarar que resulta relativamente difícil establecer una cantidad determinada para este tipo de acontecimientos, debido a la variedad de precios y la disparidad de las tasas municipales. También influye considerablemente el modelo de gestión del operador encargado de prestar los servicios funerarios (público, privado o mixto). La cifra no bajará nunca de los 600 euros (coste de un entierro reservado a las actuaciones de beneficencia), a no ser que el cuerpo se done a la Ciencia.

Los trámites consisten en la obtención del certificado médico de defunción y la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil (una gestión que hay que hacer de forma urgente, en las 24 horas posteriores al óbito). Además, es necesario conseguir la preceptiva licencia de enterramiento o incineración. Si es necesario un traslado de cadáver a otra localidad es preciso un permiso sanitario específico.

ADICAE le ayuda a reclamar por sus seguros de decesos.

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