Préstamos personales 

Antes de contratar analice su capacidad de endeudamiento

Si está pensando en contratar un préstamo, es imprescindible que conozca con qué ingresos periódicos va a contar para poder asumir el pago de las cuotas, además de otros gastos habituales e imprevistos, resultando fundamental planificar su “capacidad de endeudamiento”. En estos momentos los intereses pueden oscilar entre un 8% y un 13%, según la entidad y el cliente.

Por eso, tenga en cuenta estos consejos antes de tomar cualquier decisión:

– Hay que planificar las cuentas y analizar si es posible pagar todas las cuotas.

– Compare todas las ofertas. El TAE puede variar según la entidad.

– Cuanto más amplio sea el plazo de devolución, más intereses habrá que pagar.

– Si ya se ha decidido por una oferta, antes de firmar, tiene derecho a examinar las condiciones.

Exija información y, si tiene dudas, acuda a una asociación de consumidores como ADICAE, donde le ayudaremos a entender las ofertas.

Otros gastos que incrementan notablemente el capital a devolver por parte del consumidor que solicita un préstamo son los que derivan de productos vinculados, especialmente seguros -por ejemplo, el de protección de pagos-. Son opcionales pero intentan venderlos a toda costa, llegando a ser impuestos por la entidad que otorga el préstamo. No acepte productos que no necesita.

 Créditos al consumo 

Si no dispone de información … ¡no firme!

Los créditos al consumo se destinan para satisfacer necesidades personales (adquirir un coche, los muebles de una casa, los gastos de una boda, etc). Este contrato debe constar por escrito, con copia para el consumidor. Debe exigirse la firma del contrato, o de lo contrario se considerará nulo. También debe contener una información mínima que asegure al consumidor el conocimiento de los datos financieros de la operación:

– Importe del crédito.

– Importe de las cuotas de amortización del crédito.

– Número de cuotas a abonar y perodicidad.

– TAE (tipo que efectivamente se paga por la cantidad prestada).

– Necesidad de constitución de garantías o seguros y su importe.

– Comisiones, penalizaciones y otros gastos aplicables.

Si el contrato no menciona el tipo de interés (TAE), el consumidor sólo está obligado a abonar el interés legal en los plazos convenidos. Si no existe información acerca del importe, el número y la periodicidad de los pagos, el consumidor sólo tiene que pagar el precio al contado o el nominal del crédito en los plazos convenidos.

 Créditos rápidos y tarjetas 

Dinero rápido, pero comercializado de manera fraudulenta

Los créditos rápidos son préstamos personales de importe bajo (no suelen superar los 6.000 euros). La característica principal de este tipo de préstamos es que son concedidos rápidamente, con muy poca documentación (DNI, una nómina o pensión), y en cuestión de minutos el dinero puede estar en la cuenta del consumidor.

Al tener una tramitación rápida a veces antes de firmar el crédito no tenemos toda la información necesaria y nos venden productos añadidos, seguros de vida, etc. Los intereses en la mayoría de los casos son muy elevados (en la mayoría el TAE supera el 20%). El consumidor tiene que ser especialmente cauteloso de cara a evitar cualquier retraso o impago de las cuotas ya que el capital adeudado se dispararía de inmediato.

El mal uso de la tarjeta de crédito y el sobreendeudamiento ]

Las tarjetas son medios de pago que permiten la realización de compras sin dinero en efectivo. La tarjeta de débito permite un uso más responsable, puesto que sólo permite realizar compras y extraer dinero si dispone de saldo. La de crédito permite posponer los pagos y aplazar a crédito nuestras compras, pero un uso descontrolado de los pagos puede hacer que no nos demos cuenta del dinero gastado e incluso conllevar altísimos intereses aparejados.

La extracción de efectivo a crédito, es muy peligrosa ya que lleva altos costes asociados. La tarjeta de crédito no debe usarse para este fin. No emplee las tarjetas de crédito como un medio de pago aplazado sin control. Utilizarlas de forma irresponsable puede introducirle en una espiral de sobreendeudamiento sin salida.

 Préstamos hipotecarios 

Antes de contratar una hipoteca exija información, está en su derecho. La hipoteca es el mayor gasto que puede afrontar un consumidor a lo largo de toda su vida. Al dinero destinado a la compra de la vivienda en sí misma se le une el que se lleva la banca en forma de comisiones, intereses y otros gastos. Por ello es imprescindible tener bien presente a qué nos enfrentamos y tener en cuenta las advertencias que realiza ADICAE para contratar una hipoteca y prevenir el sobreendeudamiento:

Consejos y advertencias

– Además de la cuota mensual, al negociar su hipoteca debe fijarse en otras condiciones que puedan hacer variar la cantidad a pagar cada mes; tipo de interés, diferencial, cláusulas suelo…

– Antes de contratar una hipoteca es recomendable haber ahorrado el 30% del precio de la vivienda.

– Pida siempre la oferta vinculante. Desde julio de 2013 el Banco de España estableció que es el consumidor el que debe instar la entrega a la entidad para que ésta tenga carácter obligatorio. Puede acudir con ella a su oficina de ADICAE más cercana para que le ayuden a estudiarla.

Muchas entidades financieras ofrecen como productos vinculados para ‘abaratar’ el coste de su hipoteca.

Cuidado con el diferencial…

Hoy el Euríbor se encuentra en mínimos históricos, pero debe tener en cuenta que una posible tendencia al alza elevaría los intereses de su préstamo y se traduciría en una importante subida de la cuota.

… y con los avales

Le comprometerán durante toda la vida del préstamo y su banco no dudará en acudir a estos ante los primeros impagos.

Si tiene problemas de pago… infórmese y actúe[

Durante la crisis económica actual estamos viendo como son miles los consumidores que tienen problemas para pagar su cuota hipotecaria. Llegados al momento es conveniente analizar la situación y hacerle frente cuanto antes. Es habitual que cuando el consumidor acude sólo a negociar con su entidad, ésta no le ofrece soluciones o las que le ofrecen son abusivas. Por este motivo, es conveniente que el consumidor se asesore por expertos como ADICAE.

En ADICAE estudiamos las posibilidades que tiene cada deudor promoviendo la negociación con las entidades en la búsqueda de una solución justa. En primer lugar, estudiaremos si el deudor cumple con los estrictos requisitos del Código de Buenas Prácticas en cuyo caso podremos aplicar alguna de las medidas que plantea: Reestructuración de la deuda hipotecaria, quita del capital, dación en pago.

Aunque no se cumplan las condiciones en ADICAE consideramos que hay que negociar. Son varias las medidas que se pueden conseguir:

– Eliminación o rebaja de cláusulas suelo. No acepte renunciar a su derecho a reclamar judicialmente por el perjuicio que le ha causado la cláusula suelo.

– Alargamiento del plazo del préstamo hipotecario. Hay que tener en cuenta de que con esta medida se reducirá la cuota mensual pero en cómputo se acabarán pagando más intereses por lo que habrá que estudiar si la reducción compensa.

– Solicitar un período de carencia. Esta opción sólo será conveniente si el problema de pago es temporal y se prevé que a corto/medio plazo nuestros ingresos van a aumentar. En caso contrario, sólo valdría para alargar el problema.

– Dación en pago. Desde ADICAE consideramos que debe ser la última opción para cuando el resto de medidas hayan resultado ineficaces ya que supone la pérdida de la vivienda habitual del consumidor.

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