La banca española ardía en deseos de exprimir al máximo la coyuntura económica favorable. Cuando el Euribor comenzó a escalar hasta niveles que resultarían máximos históricos, las entidades financieras buscaron la forma de beneficiarse de ello aprovechando el miedo que el aumento constante de las cuotas hipotecarias causaba entre los ciudadanos.
Así se empezó a generalizar en muchas entidades el llamado clip hipotecario. Un producto financiero relativamente nuevo, pues se usa desde hace unos cincuenta años. Sin embargo, su colocación entre particulares y ciudadanos sí que fue algo novedoso.
¿Qué es un clip hipotecario?
El clip hipotecario se define desde la banca como un “seguro” que cubre al hipotecado ante las subidas de los tipos de interés. En realidad es un producto de inversión altamente especulativo y expuesto a pérdidas el cual es contratado sin que el consumidor conozca realmente su naturaleza. El principal atractivo del contrato es que se sustituye por un periodo de tiempo concreto (entre 2 y 5 años normalmente) la referencia de la hipoteca al Euribor por un tipo fijo “pactado”. De esta forma, en lugar de evolucionar la cuota mensual de la hipoteca al antojo de los cambios del Euribor se cambiaba a un sistema de cuotas fijas. Sin embargo, aquí no acaba la historia del clip. Una serie de abusos de la banca unidos a la mala información y a la inducción vergonzosamente engañosa por parte de los comerciales para contratarlo hacen del clip un instrumento mortífero en estos momentos para cientos de afectados.
Las entidades financieras han vendido un producto de inversión altamente especulativo camuflándolo como un seguro para cubrir al hipotecado ante futuras subidas del Euribor
Lo que la banca no cuenta
Son muchos los detalles que la banca escondió a la hora de vender los clips de hipotecas. Y, peor aún, se ha servido de tretas y medias verdades para engañar a sus clientes.
El clip puede perjudicar al cliente
Los comerciales y directores de oficina han basado sus falsos argumentos en que el clip es un producto que “sólo beneficia al cliente”. Porque fija el tipo de interés aplicado al préstamo hipotecario evitando que las sucesivas subidas del Euribor encarezcan más aún la cuota. Además, el contrato estipula que si el Euribor se sitúa por encima del tipo de interés fijado en el clip será la entidad financiera quien abone la diferencia. En el contrato de cierta caja de ahorros dice que “se derivará del contrato un pago a favor del cliente por parte de la caja en aquellos periodos de referencia en que el tipo financiero [Euribor] supere al tipo fijo, y viceversa”. Efectivamente, si el tipo de interés es superior al fijado en el contrato, el cliente verá abonada la diferencia. Sin embargo, si el Euribor cae por debajo de los tipos fijados, es el cliente quien se hace cargo de la diferencia.
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