La ‘España vaciada’ se moviliza ante el cierre de cajeros sin alternativa financiera

By | Actualidad, Actualidad., Banca, Notas de prensa, Noticias, Noticias recientes, Portada

La banca debe garantizar accesibilidad financiera para todos, y debe promover un plan integral de alfabetización digital antes de seguir con su cierre de oficinas y cajeros. La ‘España vaciada’ se moviliza contra el cierre de oficinas bancarias, que afecta cada vez a más territorios, y ADICAE observa con preocupación que esa accesibilidad financiera cada vez menor no se corresponde con un esfuerzo de las entidades financieras por ayudar a los consumidores vulnerables en su transformación digital. ADICAE no se opone a la digitalización del sector, pero exige a la banca que no abandone a sus clientes.

ADICAE apela a la banca para que ponga en marcha y costee una campaña masiva de alfabetización digital entre todos los consumidores, con el objetivo de adaptar sus circunstancias al acelerado proceso de cierre de oficinas y puntos de acceso a efectivo que afecta especialmente a la España rural. Según el Banco de España 1,3 millones de personas ya están en situación muy vulnerable en relación al acceso a efectivo. Un 3% de la población carecería de un punto de acceso en un radio de 5 km, algo que afecta sobre todo a las poblaciones que viven en zonas de menor densidad, principalmente en la España rural.

Y si se produjese un eventual cierre de oficinas y cajeros automáticos en sus cabeceras comarcales, más de 300.000 nuevos afectados estarían en riesgo de quedar excluidos del acceso al efectivo. Esta situación afecta especialmente a localidades de provincias como Zamora o Segovia, donde se calcula que el cierre afectaría a un 14% de la población. Ello equivaldría a que más de 45.000 personas, entre las dos regiones, quedarían sin posibilidad de acceso. En otras zonas, como Cáceres, donde como explica el propio Banco de España, hay una multitud de municipios que sirve como punto de acceso a otros cercanos, el cierre de las oficinas en alguno de esos puntos podría llegar a afectar a otras 47.000 personas.

ADICAE viene denunciando el riesgo que supone para el consumidor, especialmente para los de mayor edad, la perdida de servicios bancarios necesarios para sus gestiones habituales. Sin oposición a la digitalización y modernización del sector, desde la asociación se alerta de los perjuicios que puede suponer para una parte importante de la ciudadanía verse en situación de falta de accesibilidad financiera. De ahí la innegociable necesidad de un programa intensivo de alfabetización para que la banca acompañe a todos los consumidores en su reconversión.

El número total de oficinas bancarias en España se ha reducido en alrededor de un 50% desde 2008, mientras que el número de cajeros automáticos lo ha hecho en un 20% desde el mismo año. La reducción de los puntos acceso a efectivo va asociada a una pérdida de la competitividad al reducirse la oferta de entidades que siguen estando presentes en determinadas localidades. Por ello, desde ADICAE se insiste denunciar el riesgo de pérdida de servicios financieros para muchas zonas de la ‘España vaciada’ que, además, anuncian movilizaciones y medidas correctoras.

ADICAE defiende un mercado inmobiliario sano y sensato

By | Actualidad, Actualidad., Banca, Banca., Hipotecas, Notas de prensa, Noticias, Noticias recientes, Portada

“El mayor negocio de la banca española ha sido siempre la financiación hipotecaria”. El presidente de ADICAE, Manuel Pardos, ha intervenido en el programa ‘Qué me estás contando’, espacio magacine vespertino de EITB, para hablar sobre la situación en la que se encuentra España respecto a las hipotecas. Las últimas estadísticas del INE y de profesionales como los registradores hablan de crecimiento inmobiliario, tanto en la cifra de ventas de viviendas y contratación de préstamos como en el importe de los créditos solicitados.

El precio de la vivienda lleva unos años moderado en contraposición a los picos de la burbuja. Eso hace que los consumidores quieran invertir en un nuevo hogar y ahí es donde juegan su papel los bancos. “El mayor negocio de la banca española siempre ha sido la financiación hipotecaria”, apunta el presidente de ADICAE. Pardos recuerda el carácter emocional del acceso a la vivienda en España. Los consumidores quieren adquirir una vivienda de manera sana y sensata, y “la Legislación española y europea nos garantiza que debería ser así” recalca el presidente de ADICAE.

“La hipoteca es un buen método de financiación sí la persona que lo solicita puede pagarla”, afirma Manuel Pardos. Pero, en caso contrario, es una condena que puede llevar al consumidor y a su familia a un drama que ya vimos durante la pasada década y que no se debe repetir, «un tormento y un desastre para una persona si le han metido en una hipoteca que no puede pagar». La nueva ley hipotecaria impone una serie de reglas más claras que las que había antes del año 2019. No obstante, “muchas de estás disposiciones no se han llevado a cabo, como es endeudar al consumidor no únicamente con la hipoteca, sino con productos bancarios que han sido prohibidos por la nueva ley”, según el presidente de ADICAE.

Seguros, planes de pensiones, tarjetas… Una panoplia de «productos inverosímiles y absurdos» siguen empujando a los consumidores a unas hipotecas insostenibles y abusivas con las que la banca «suspira» por volver a los tiempos de la burbuja. Algo que «sería una catástrofe, como ya lo fue durante la crisis». Es por ello que la banca debe poner en marcha un modelo de negocio más razonable que evite una nueva catástrofe a los consumidores, ya que son los más afectados. Abusos como las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios siguen sin ser resueltos por las entidades financieras, y en ADICAE seguimos reivindicando un mercado inmobiliario e hipotecario sano, sostenible y sin abusos para todos los consumidores.

ADICAE cuestiona la efectividad de las multas de la CNMV a la banca en el marco MIFID2

By | Actualidad, Actualidad., Notas de prensa, Noticias, Noticias recientes, Portada

La Autoridad Europea de Valores y Mercados, ESMA por sus siglas en inglés, publicó recientemente su informe anual de 2020 en el que recogen el balance de sanciones impuestas en el marco de la Directiva Mifid II, que recordamos, es aquella con la que la Unión Europea buscaba fomentar la transparencia, la protección al consumidor y la competencia en los mercados financieros.

Dicho informe eleva a 8,4M el montante total de sanciones impuestas por los organismos vigilantes europeos, de los cuales, 2,3 millones de euros (el 27%) corresponde a España. La CNMV, el órgano que se encarga en España de aplicar este tipo de multas, impuso dos sanciones en 2020: una de ellas a CaixaBank por valor de dos millones de euros por incumplir la obligación de recabar información sobre el perfil del cliente para evaluar su idoneidad con el producto ofrecido o solicitado, y otra de la misma cantidad a Banco Sabadell. Además, el Banco Santander recibió una sanción por valor de 300.000 euros también por vulnerar el articulo 214 de la Ley del Mercado de Valores.

Lo que en principio parece un dato positivo para la imagen del control financiero y protección del consumidor en España, encabezando la lista de países europeos más severos con la defensa del consumidor, esconde una realidad donde el impacto de este tipo de medidas para las grandes compañías del sector bancario es limitada, por no decir nula.

La cantidad impuesta, dos millones de euros en un caso y 300.000 euros en el otro, impide actuar como elemento disuasorio para unas entidades que presentan unos volúmenes de facturación y beneficio tan elevados. Según datos ofrecidos por CaixaBank, la entidad obtuvo un beneficio de 4.786 millones, tras incorporar la impactos por la fusión con Bankia (mientras, por cierto, negocia un ERE para la salida de 7.800 empleados); por su parte, Banco Santander presentó el pasado martes los resultados del primer trimestre del año con unos beneficios de 3.675 millones de euros.

A pesar de encabezar el ránking de la ESMA sobre cuantías totales de las multas impuestas en 2020, el bajo número de sanciones de España contrasta con los datos que registran otros países como Chipre (9 por valor de 1.9 millones de euros); Bélgica (103); Bulgaria (195), Luxemburgo (108) o Rumanía (70).

Además, estos bajos datos de sanciones impuestas deben situarse en un contexto en el que, en 2019 -último ejercicio del que se disponen datos- la Comisión Nacional del Mercado de Valores recibió un total de 1.077 reclamaciones de clientes y un número de consultas que se eleva a 7.560.

Por último, no debemos olvidar el numeroso historial de casos de estafa y mala praxis de las entidades financieras en nuestro país, con casos que han afectado a cientos de miles de afectados como las participaciones preferentes, las clausulas suelo, el caso Banco Popular o IRPH en las que ADICAE ha liderado la defensa de los consumidores, luchando por la defensa de sus derechos y reclamando una compensación justa. Una situación que no tiene parangón en el resto de países del entorno europeo.

El oligopolio en el mercado de la publicidad en Internet pone en peligro los derechos de los consumidores

By | Actualidad, Actualidad., Consumo, Noticias, Noticias recientes, Portada

La publicidad online en España sufre un alto y peligroso grado de concentración: dos grandes compañías como Google y Facebook absorben más del 70% de los ingresos del mercado. Esta es la conclusión principal derivada del estudio sobre las condiciones de competencia en el sector de la publicidad online en España, publicado por la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia.

La publicidad online en España se ha situado ya como el principal canal publicitario por encima de los medios tradicionales (televisión, prensa y radio), generando 3.450 millones de euros, informa la CNMC. Unos ingresos que recaen principalmente en plataformas como Google y Facebook, para los que esta es ya su principal fuente de ingresos.

De esta manera, el mercado se encuentra en una peligrosa dinámica oligopolística donde Google absorbe más del 90% de la publicidad que procede de los motores de búsqueda, calculada en unos 1.500 millones de euros, mientras que Facebook lidera la captación de la publicidad display, aquella que aparece en formato vídeo, banners o redes sociales, dominando un 40% del mercado.

¿Cómo afecta esta situación al consumidor?

Esta situación de semi-monopolio del sector por dos grandes compañías multinacionales acarrea diferentes riesgos para el consumidor como la falta de transparencia, la opacidad del mercado a la hora de la toma de decisiones, así como por el uso de los datos personales del usuario. 

En primer lugar, los consumidores ven limitada su capacidad de elección a la hora de comprar digitalmente ya que la escasa competitividad del mercado aumenta los costes para los pequeños anunciantes, que se ven superados por el poderío de las grandes compañías como Google y Facebook.

Por otro lado, los datos personales de los usuarios y consumidores suponen un valor muy importante para este tipo de empresas. Los anuncios que aparecen tanto en el motor de búsqueda de Google como en las redes sociales Facebook o Instagram (propiedad de Facebook) se basan en los datos personales cedidos por los usuarios, en muchas ocasiones, sin cumplir los estándares de transparencia y aceptación, para proporcionar contenidos adecuados a los gustos y patrones de consumo personalizados.

En un mercado oligopolístico como el de la publicidad online, el uso de los datos masivos de consumidores recae principalmente en dos grandes entes privados, con el consiguiente perjuicio para el usuario, que ve como sus datos se encuentran desprotegidos. Por ello, en un mercado tan concentrado es imprescindible exigir un código de transparencia para que el consumidor sea plenamente consciente de qué datos, en qué condiciones y con qué finalidad los está compartiendo con este tipo de compañías.

Este tipo de publicidad online se presenta, en ocasiones, de manera invasiva o agresiva frente al usuario. Junto a los banners o publicidad display (mercado que domina Facebook) existen también formatos pop-up que incitan al usuario a entrar en webs o landing pages donde se recogen datos personales que serán luego utilizados para trazar un perfil del cliente y ofrecer anuncios relacionados. Este tipo de publicidad suele contar con inversión monetaria en Search Engine Marketing (SEM), que ofrece la posibilidad de posicionar en los primeros puestos de buscadores como Google, líder del mercado de publicidad en motores de búsqueda.

Con este contexto, ADICAE señala que es fundamental desarrollar medidas legislativas que garanticen la competencia, la transparencia y las buenas prácticas del sector con el objetivo de proteger los derechos de los consumidores y hacer que sea pieza clave en el cambio de modelo de las relaciones de consumo en Internet hacia uno más justo, garantista, seguro, solidario y con más derechos.

Protege tus derechos como consumidor

Internet es a día de hoy el hábitat natural del consumidor. Un estudio de ADICAE advierte que el 92,3% de los españoles realiza compras online, y un 44% lo hace con una periodicidad mensual. Aunque los datos de satisfacción general son elevados (83%), muchos usuarios aún muestran algunos aspectos que les generan intranquilidad en el proceso, entre ellos, la facilitación de datos personales. Un 62,4% confiesa que preferiría no tener que hacerlo y un 13,6% compra menos de lo que lo haría si la compra lo requiere.

Por ello, desde ADICAE se recuerda que para realizar una compra por internet de forma segura, rápida y fácil es imprescindible no dar nuestro consentimiento al tratamiento de nuestros datos en aquellos acuerdos que no hayamos solicitado; adoptar pautas para una buena autoprotección de nuestros datos en Internet, o haciendo un buen uso de las aplicaciones móviles y específicamente su petición de acceso a datos.

Además, ADICAE incide en que junto a los necesarios sistemas de prevención y protección del propio usuario, existen diferentes derechos de los que el consumidor se puede hacer valer para protegerse ante un uso indiscriminado de sus datos.

En concreto, el derecho al acceso universal a un servicio de calidad garantiza poder dirigirte al responsable del tratamiento de los datos para averiguar el uso de los mismos; el derecho de oposición, que permite oponerse al tratamiento de los datos cuando tenga como finalidad la mercadotecnia directa; derecho a la supresión, también denominado derecho al olvido; derecho a la limitación del tratamiento; o el derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Además, en materia de comercio electrónico el consumidor tiene derecho a una información veraz sobre productos; a no facilitar datos personales que no sean necesarios para la compra; a manifestar el consentimiento; a ser informado acerca del uso de cookies u otros dispositivos de almacenamiento de datos; a recibir atención personalizada de la empresa comercializadora o a comunicaciones seguras.

Finalmente, ante una situación de lesión o vulneración de derechos cualquier consumidor puede consultar a ADICAE para defender y reclamar sus derechos por los cauces y vías oportunas en caso de vulneración de los mismos. Por otro lado, existen mecanismos de reparación y compensación como los cauces de reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o por el sistema de arbitraje de consumo a través de las Juntas Arbitrales de Consumo de cada Comunidad Autónoma.

El plazo de reclamación de los gastos hipotecarios, en manos del TJUE

By | Actualidad, Actualidad., Hipotecas, Noticias, Noticias recientes, Portada

El pasado 23 de julio el Tribunal Supremo preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la prescripción de gastos hipotecarios. Se ha podido conocer el auto en el cual se expresan una serie de alternativas al plazo de prescripción de la restitución de los gastos abusivos.

El Supremo ha planteado dos opciones para la resolución de este caso. En primer lugar, “que el día inicial del plazo de prescripción sea el de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula”. En segundo lugar, “ese primer día sea la fecha de las sentencias del Tribunal Supremo que fijaron en la doctrina jurisprudencial sobre los efectos restitutorios”, la jurisprudencia de enero del 2019. En esa misma línea que “la fecha de las sentencias del TJUE que declararon que la acción de restitución podía estar sujeta a un plazo de prescripción”, haciendo referencia a la jurisprudencia de julio del 2020. O, dicho de otra forma, la no prescripción de la cláusula o contar con una prescripción de 5 años desde el primer pronunciamiento de nulidad (2015).

El Tribunal español realiza una serie de objeciones a ambas opciones. En el primer caso, debido a que “en la práctica, convierte la acción de restitución en imprescriptible, puesto que no puede comenzar el plazo de prescripción hasta que se haya estimado una acción (la de nulidad) que es imprescriptible en el Derecho interno, por tratarse de una nulidad absoluta. Además, el principio de seguridad jurídica se podría ver gravemente comprometido si se diera lugar a reclamaciones relativas a contratos consumados y extinguidos desde hace décadas”.

Desde ADICAE se critica este posicionamiento que dista por completo de la realidad. Tal y como se ha producido en otros casos como las cláusulas suelo, la reivindicación de la devolución del dinero por una cláusula abusiva, no supone una crisis económica, social o un problema de seguridad jurídica, sino simplemente hacer justicia, así como ha sentenciado el propio TJUE en otras ocasiones.

En el segundo caso, “puede ser contrario al principio de efectividad, por ser dudoso que un consumidor medio, razonablemente atento y perspicaz pueda ser conocedor de la jurisprudencia del Tribunal Supremo o del TJUE en la materia”.

Esta tesis puede ser criticada bajo el entendimiento ilógico de las características del “consumidor medio razonablemente atento y perspicaz”.

ADICAE reivindica que se aplique la jurisprudencia existente en la cláusula abusiva que parte de la doctrina de nulidad de pleno derecho. La asociación considera que no se puede considerar a los consumidores expertos en conocer y entender la compleja jurisprudencia del Tribunal Supremo, más cuándo las decisiones jurídicas en este asunto han distado entre instancias e incluso el propio Tribunal Supremo ha modificado su propia jurisprudencia.

La asociación insiste en la imprescriptibilidad de la cláusula y no entiende otra vía de resolución del TJUE. Por ello, ADICAE junto con sus socios seguirán luchando para que nadie se quede sin reclamar sus derechos.

Abrir chat
1
💬 Consulta tus dudas de consumo
Escanea el código
Hola👋
Si tienes cualquier consulta o duda sobre consumo puedes hacerla por aquí