El Banco Santander, obligado a devolver los gastos hipotecarios a todos los consumidores gracias a ADICAE

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La Asociación ha conseguido una histórica sentencia que ordena la devolución de los gastos no solo a los consumidores adheridos a la demanda colectiva de ADICAE, sino a todos aquellos que deseen sumarse a esta resolución judicial. Por ello, ADICAE anima a unirse a todos aquellos afectados para obtener el resarcimiento de los gastos hipotecarios sin necesidad de iniciar nuevas demandas.

Con esta histórica sentencia, dictada por el juzgado mercantil nº 3 de Pontevedra, se condena a Banco Santander a devolver el 100% de los gastos de registro, tasación y gestoría, y el 50% de los gastos de notaría, tanto si la hipoteca está en vigor como si fue cancelada en su día. Estos gastos no solo se tienen que devolver a los casi 100 consumidores adheridos a la demanda colectiva de ADICAE, sino a todos aquellos que deseen sumarse ahora a esta resolución judicial.

Esta sentencia pone de manifiesto que los juzgados empiezan a estimar las demandas colectivas de ADICAE tras la campaña iniciada hace unos meses por la Asociación. Esta iniciativa se tradujo en la interposición de 107 demandas colectivas por la abusividad de la imposición de los denominados “gastos hipotecarios”.

Sentencia histórica sobre gastos hipotecarios

Este juzgado ha resuelto la demanda colectiva que ADICAE interpuso frente al banco Santander por la cláusula que imponía al consumidor el pago de todos los gastos de formalización de la hipoteca, sentenciando el carácter abusivo y nulo de dicha cláusula.

La sentencia determina entre los gastos que deben restituirse a los consumidores, no solo gastos de registro y la mitad de los gastos de notaría, sino también el 100% de los gastos de tasación como los de gestoría, importes que ascienden a unos 1.100 euros de media para cada consumidor.

También se establece en la sentencia que se deberán devolver las cantidades indebidamente pagadas a aquellos hipotecados cuyos préstamos no estén ya en vigor y hayan sido cancelados o finalizados. Así, se reconoce que los derechos de los consumidores que se hayan visto vulnerados deben restituirse aunque ni siquiera exista el contrato en cuestión.

Asimismo, el juzgado ordena la devolución a los afectados, “sean adheridos a esta demanda, sus causahabientes, o los que pudiesen adherirse posteriormente”, de las cantidades abonadas. Así, se aplican los criterios que ADICAE lleva tiempo defendiendo respecto de la acción colectiva como único instrumento eficaz para afrontar abusos masivos.

Con esta sentencia, la justicia evitará a decenas o cientos miles de hipotecados tener que acudir a demandas individuales, facilitándoles la recuperación de las cantidades que les corresponden simplemente sumándose a esta sentencia a través de ADICAE para solicitar la ejecución del fallo también para ellos.

ADICAE anima a los consumidores a unirse

En este sentido, ADICAE hace un llamamiento a todos los consumidores que suscribieron hipotecas con el banco Santander Central Hispano y el Santander y afrontaron el pago indebido de todos los gastos en sus hipotecas a sumarse a la Asociación para obtener el resarcimiento de los gastos hipotecarios sin necesidad de iniciar nuevas demandas judiciales.

Así, las personas afectadas pueden unirse a ADICAE a través de la web www.adicae.net y www.hipotecaconderechos.es para organizar la aplicación de esta sentencia a todos los afectados.

¿Por qué ya no interesan las cláusulas suelo? Aquí los datos por los que ya (casi) nadie se preocupa

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ADICAE ya mostró su descontento con el mecanismo extrajudicial ausentándose de la Comisión de Seguimiento ante el escándalo que muestran sus datos y donde hay representantes de los ministerios de Justicia, Economía y Sanidad y Consumo, que lejos de fortalecer la posición del consumidor han participado en esta farsa legitimadora, tanto con los Gobiernos de Sánchez como con los de Rajoy. Read More

El Tribunal Supremo declara que los pactos novatorios no convalidan la cláusula suelo inicial, pero, si superan el control de transparencia son válidos

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Los Servicios Jurídicos de ADICAE (ADICAE-SERJUR) han analizado la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara que los pactos novatorios no convalidan la cláusula suelo inicial, pero apunta que, si superan el control de transparencia son válidos. 20 expertos de primer nivel en la materia debatirán este y otros muchos temas relacionados con la situación hipotecaria actual los días 18 y 19 de noviembre en las jornadas online ‘Los consumidores ante el mercado hipotecario post-covid’.

En concreto, la sentencia del TS núm. 580/2020 de 5 de noviembre, publicada el pasado 9 de noviembre, vino a refrendar, a juicio de ADICAE-SERJUR, su línea “tibia” de sus últimas sentencias en materia de cláusulas abusivas, adaptando la doctrina del TJUE a su propia doctrina.

Esta sentencia declara, siguiendo su doctrina asentada en sentencias de abril de 2018 y posteriores que, aunque no convalidan la cláusula suelo inicial, si el pacto novatorio posterior es transparente, puede considerarse transacción y ser válido a partir de su firma, aunque recoja una nueva cláusula suelo o cláusula suelo “rebajada”.

Eso sí, declara nula la renuncia del consumidor a reclamar cuando esa renuncia se refiera tanto a pactos pasados como los presentes o futuros.

Comparativa con el TJUE

Nuevamente, el Tribunal Supremo se aparta de la sentencia del TJUE 9-7-2020 en esta nueva sentencia en distintos aspectos.

El TS considera que el pacto novatorio analizado en el caso concreto, de fecha 19-3-2014 (entidad Ibercaja) es transparente porque se suscribe “pocos meses después del dictado de la STS 9 de mayo de 2013”, lo que ya suponía un “conocimiento generalizado” de la eventual nulidad de las cláusulas suelo si no cumplían con el control de transparencia, por lo que cuando se modificó la cláusula suelo los prestatarios sabían de la existencia de la cláusula suelo, que era potencialmente nula por falta de transparencia y de la incidencia que había tenido”.

Por el contrario, el TJUE, en el considerando 74 de su sentencia, pone en duda que el consumidor estuviera en condiciones de tener la certeza absoluta del carácter abusivo de la cláusula suelo que venía soportando y de que no le vinculaba, ni de comprender las consecuencias jurídicas derivadas de esa cláusula, en esas fechas en las que aún no se había resuelto por los tribunales definitivamente sobre los efectos restitutorios de la nulidad de la cláusula suelo.

Otro ejemplo se encuentra en que el TS señala que, en este caso, fueron los consumidores los que tomaron la iniciativa de solicitar al banco que les quitara la cláusula suelo, el banco les ofreció la rebaja y ellos aceptaron.

Sin embargo, el TJUE apunta que si la rebaja o negociación se enmarca en una política general de la entidad bancaria de renegociar los contratos de préstamo que tenía suscritos con cláusula suelo, ello debía considerarse un indicio de que no hubo negociación del pacto, sino que fue predispuesto. Y los pactos analizados en las dos sentencias son de la misma entidad bancaria, Ibercaja.

Finalmente, el TS asegura que, además, recogieron de forma manuscrita en el contrato que entendían y comprendían que con la nueva cláusula suelo, el tipo de interés aplicable no les bajaría nunca del 2,25% pactado. Por su parte, el TJUE considera que tal circunstancia no permite sin más concluir que esa cláusula haya sido negociada.

Nulidad de los pactos novatorios

En resumen, y teniendo en cuenta que la casuística de pactos novatorios firmados por las entidades bancarias en esa época fue enorme, existiendo todo tipo de contratos que cada juez o tribunal deberá analizar en cada caso, parece claro que de la sentencia del TS se desprende, a sensu contrario, que no serán transparentes y deberán ser declarados nulos al igual que la cláusula suelo a la que novan los pactos novatorios que:

  • No contengan expresión manuscrita del consumidor
  • No contengan en el propio acuerdo privado novatorio el nuevo tipo de interés aplicable a partir de la firma del pacto -y si seguimos al TJUE, la evolución del índice aplicable durante los dos años anteriores-
  • Aquellos que la iniciativa para la firma del acuerdo novatorio partió de la entidad bancaria, que predispuso el documento para firma del consumidor, o se enmarcó en una política generalizada de la entidad de renegociar con unas mismas o similares condiciones con todos sus clientes que tuvieran suscrito un préstamo con cláusula suelo

Jornada Nacional sobre el mercado hipotecario

Este y otros muchos temas relacionados con la situación hipotecaria actual se analizarán en las jornadas online ‘Los consumidores ante el mercado hipotecario post-covid‘ que se celebrarán los días 18 y 19 de noviembre, de 16.00 a 20.30 horas a través de la plataforma ZOOM.

Más de 20 expertos en la materia analizarán la Ley de Crédito Inmobiliario, la oferta hipotecaria durante la pandemia, los retos de los conflictos masivos de los consumidores, las moratorias covid-19, entre otros temas. El objetivo de este encuentro es impulsar el rol activo de los consumidores en la defensa de sus derechos. Descarga AQUÍ el programa completo.

Las jornadas contarán con la participación de expertos de la talla del Presidente de ADICAE, Manuel Pardos; la Subgobernadora del Banco de España, Margarita Delgado; el Exmagistrado del Tribunal Supremo, Francisco Javier Orduña, el Presidente del Consejo de Consumidores y Usuarios de España, Carlos Ballugera; el Catedrático de Derecho Civil de la Univ. De Castilla-La Mancha, Manuel Jesús Marín, y el Magistrado de Audiencia Provincial de Málaga, Enrique Sanjuan y Muñoz, entre otros.

Las personas interesadas pueden inscribirse de forma gratuita en el siguiente enlace: https://forms.gle/ynUr9uxVsZy2XhAq8

ahorra energetico ADICAE

ADICAE repasa las claves del ahorro energético para los consumidores

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La crisis económica provocada por el coronavirus ha hecho que muchas familias hayan visto reducidos sus ingresos a raíz del confinamiento. Al mismo tiempo, durante el estado de alarma aumentó el consumo energético en los hogares al no poder salir de casa, una situación que ha llevado a muchos usuarios a una situación de pobreza energética. ADICAE, con motivo del Día Mundial del Ahorro de Energía, que se celebra este 21 de octubre, recuerda a los consumidores las claves para realizar un consumo energético eficiente y sostenible.

La factura de la luz es un problema para muchos usuarios por su precio. La electricidad ha experimentado un sobrecoste cada vez más difícil de asumir por los consumidores, de hecho, se ha encarecido más de un 70% desde que se privatizó. Además, su dificultad de entendimiento también supone un problema.

La CNMC estima que aproximadamente la mitad de los consumidores no entiende su factura y casi un 44% no le presta atención cuando la recibe. Además, desconocen en qué mercado se encuentra su suministro -libre o regulado- y no saben qué tarifa tienen contratada. No acogerse a un contrato que se ajuste a las necesidades de cada uno puede suponer un sobrecoste de hasta 200 euros anuales en la factura de la luz.

Además, las comercializadoras de energía españolas intentan que los consumidores contraten tarifas del mercado libre en vez del PVPC. Según un informe de la CNMC, el gasto promedio del mercado libre en 2019 era de 63 euros (cifra que no incluye seguros o cuotas de mantenimiento), mientras que el gasto mensual de un hogar cliente del mercado regulado era de 51,6 euros.

Estos datos preocupan a ADICAE. España es el cuarto país de Europa con la luz más cara, desde 2009 la luz en España ha subido el doble que en la Unión Europea, según Eurostat. Entendiendo bien el recibo de la luz y siendo más eficientes cambiando algunos hábitos energéticos, los usuarios podrían ahorrar dinero de forma anual en su factura.

Pobreza energética

Se estima que 4 millones de personas sufren pobreza energética en España. La mala eficiencia energética y la poca optimización de su facturación han llevado a muchos hogares a ser vulnerables. Además, la crisis económica provocada por el coronavirus ha aumentado el número de hogares vulnerables y ha agravado la situación de los que ya lo eran.

Entre marzo y mayo, 200.000 hogares evitaron el corte en su suministro eléctrico por el veto impuesto por el Gobierno con motivo del Estado de Alarma. Sin embargo, desde el pasado 1 de octubre muchos hogares dejarán de ser beneficiarios de esta medida y podrán ser privados de sus suministros energéticos. ADICAE recuerda que, ante todo, la energía es un derecho.

En este sentido, la Asociación critica que se haya quitado el veto a cortar el suministro eléctrico y el gas justo cuando empieza el frío. En otros países prohíben los cortes de estos suministros en esta época del año, por ello ADICAE muestra su malestar ante esta medida que puede dejar sin luz ni calefacción a muchos hogares españoles en pleno invierno.

Bono social

Desde la implantación del estado de alarma, solo 42.000 consumidores se han acogido al bono social para poder hacer frente a sus facturas, un incremente que se debe a la crisis económica del coronavirus. En total, la cifra de personas que utiliza este bono es de más de 1,3 millones de personas.

ADICAE considera que el bono social supone un parche bastante ineficiente ante la pobreza energética y que deja fuera a muchos consumidores que son igualmente vulnerables pero que no cumplen con los estrictos requisitos para acceder a este descuento. Así, destaca la importancia de que tanto Gobierno como compañías suministradoras tomen medidas urgentes.

La Asociación propone contar con un modelo energético justo y sostenible, apostar por las energías renovables, disponer de unos precios más asequibles, una mayor transparencia de las comercializadoras eléctricas, y tener en cuenta a los hogares más vulnerables. Además, hay que fomentar la formación e información de los consumidores sobre un servicio tan importante como el de la electricidad.

Para ADICAE, los consumidores deben convertirse en sujetos activos, responsables, críticos y solidarios, situándose en el centro del cambio social. Se tiene que fomentar su movilización para reivindicar precios justos para todos los consumidores. En este sentido, cambiar los hábitos de consumo en el hogar es un paso importante para ello.

Consejos para el ahorro energético de los consumidores

ADICAE recomienda algunos aspectos para ahorrar en la factura de la luz:

  • Revisar la potencia contratada para ajustarla a las necesidades de cada uno: si se contrata por debajo se sufrirán costes, si se contrata por encima, conllevará un sobrecoste

  • Pasarse a discriminación horaria: en algunos casos, ni siquiera será necesario hacer cambios en los hábitos de consumo

  • Tener cuidado con el mercado libre: las empresas obtienen más beneficio a costa del usuario

  • Leer todo el contrato, incluso la letra pequeña, antes de firmarlo, y comparar ofertas para decidir la que mejor se adecúe a las necesidades de cada consumidor

Así, los usuarios ya notarán cambios en su factura de la luz, pero también hay otros pequeños hábitos que pueden ayudar a reducir más el ahorro:

  • Apagar completamente todos los electrodomésticos que no se utilicen desenchufándolos de la corriente eléctrica

  • Utilizar los programas ECO que tienen la mayoría de los electrodomésticos

  • Apagar las luces de los lugares de la casa en los que no haya nadie

  • Utilizar bombillas de bajo coste

  • Graduar el termostato del frigorífico según la carga y la temperatura ambiente. Descongelarlo periódicamente

  • Llenar el lavavajillas y la lavadora casi completamente antes de usarlos

  • Bajar el brillo de televisores y ordenadores y utilizarlos en modo ahorro de energía

  • Aprovechar el calor residual de la vitrocerámica y el horno a la hora de cocinar. Esto puede suponer un ahorro de 60 euros al año

IRPH adicae

Los afectados por el IRPH esperan que el Tribunal Supremo marque el camino para ser resarcidos de forma efectiva

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El Alto Tribunal tuvo que suspender el pleno de la Sala de lo Civil (previsto para el pasado 30 de septiembre), en el que se iba a formalizar una solución sobre las hipotecas referenciadas al índice IRPH, por el aislamiento preventivo del presidente de la Sala al tener contacto con un caso positivo de covid-19. ADICAE, a la espera del 21 de octubre, nueva fecha para este pleno, recuerda en qué consiste este índice, cuál es su situación actual y cómo pueden reclamar los consumidores.

El Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un indicador de tipos de interés de préstamos hipotecarios. ADICAE calcula que hay alrededor de 1,3 millones de hipotecas referenciadas con este índice variable, que se comercializó como un índice estable frente al euríbor.

Contrariamente a lo que indicaban las entidades bancarias, el IRPH siempre ha sido más elevado que el euríbor, algo que se hizo evidente con el desplome de este último. Tras su fuerte caída, los hipotecados empezaron a pagar 200 euros más al mes y cuando el euríbor alcanzó su mínimo entre 2009 y 2010, hasta 400 euros. Los afectados se empezaron a dar cuenta de que cuando todas las hipotecas bajaban, las suyas incluso subían.

Por este motivo, ADICAE considera que el IRPH es abusivo para los consumidores por su dificultad para entender las fórmulas que lo configuran. El elevado porcentaje de este índice ha hecho que los afectados paguen más, en concreto, la Asociación estima que pueden haber llegado a pagar 20.000 euros de más frente a las hipotecas referenciadas con el euríbor.

Asimismo, es un índice con poca transparencia, ya que las entidades bancarias hicieron una comercialización fraudulenta de este producto, ya que ofertaron un producto de difícil entendimiento señalando que era favorable para los consumidores.

Sentencia del Tribunal Supremo

Ante esta situación, ADICAE hizo un llamamiento a todos los afectados por el IRPH para que se unieran de forma colectiva para reclamar por vía judicial con motivo de la falta de transparencia con la que se vendieron las hipotecas con este índice y todo lo que han estado pagando de más.

Al respecto, el Tribunal Supremo determinó en 2017 que el IRPH no suponía falta de transparencia ni abusividad, sino que era válido y que no era posible someterlo a un control de transparencia por ser un índice definido y regulado por una norma jurídica. Además, argumentó que las cláusulas de los contratos hipotecarios con IRPH eran “perfectamente entendibles” para el consumidor medio.

A pesar de ello, el Juzgado de Primera Instancia 38 de Barcelona solicitó al TJUE que se pronunciara sobre si el IRPH estaba sujeto o no a un control de transparencia y determinara qué hacer al respecto. En este sentido, el 3 de marzo de 2020 la justicia europea dictaminó que el IRPH debía estar sometido al control judicial de los tribunales españoles.

El varapalo del TJUE a la justicia española

ADICAE consideró que Europa volvió a corregir las prácticas hipotecarias de la banca española, al tiempo que criticó que, nuevamente, fuese la justicia europea la que iniciase el camino de defensa de los usuarios a la justicia española, sancionando a favor de los consumidores.

Así lo señaló la Asociación tras esta sentencia que puso en evidencia el abuso masivo de la banca, ya que, este índice tiene la consideración de abusivo al no superar el denominado “control de transparencia”.

Con los criterios establecidos por el TJUE, prácticamente ninguna hipoteca con IRPH supera las condiciones para evitar la consideración del índice como abusivo. Desde ADICAE critican que otra vez haya sido la justicia europea la que haya iniciado el camino de defensa de los usuarios a la justicia española, sancionando a favor de los consumidores.

Ahora, el Tribunal Supremo tiene una nueva oportunidad para dictaminar una sentencia que logre resarcir a todos los consumidores de forma efectiva. ADICAE espera que, en esta ocasión, se pronuncie a favor de los consumidores y mantenga los criterios establecidos por el TJUE por los cuales en todas las hipotecas el IRPH puede ser considerado un índice abusivo.

Cómo pueden reclamar los consumidores

La Asociación anima a los afectados a que no renuncien a sus derechos ni a las cantidades que les corresponden. En este sentido, recuerda que aún está en marcha la campaña ‘¿Vas a perder el tren del IRPH?’, una iniciativa que une a los consumidores para reclamar colectivamente en todos los ámbitos que procedan, comenzado por la exigencia de una resolución extrajudicial previamente a acudir a la Justicia.

La campaña tiene como objetivo propiciar que todos los afectados por este índice abusivo sepan las vías de reclamación que tienen, de forma que ningún consumidor con derecho a recuperar las cantidades indebidamente pagadas, en torno a unos 15.000 euros de media, renuncie a ellas en favor de la banca. Los afectados pueden unirse a esta iniciativa en https://www.hipotecaconderechos.es.

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