Ndp Adicae reclama en la junta de accionistas del Banco Sabadell más compromiso

ADICAE reclama en la Junta de Accionistas de Banco Sabadell más compromiso con la atención al cliente, la accesibilidad y los derechos de los consumidores

Por | Notas de prensa, Portada

La organización traslada su preocupación por la exclusión financiera, exige garantías en la ejecución de la sentencia sobre cláusulas suelo y pide que los beneficios de la entidad vayan acompañados de responsabilidad con los usuarios

La Asociación de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros, ADICAE, ha intervenido en la Junta General de Accionistas de Banco Sabadell en representación de pequeños accionistas, ahorradores y clientes de la entidad, trasladando sus principales reivindicaciones en defensa de los derechos de los consumidores financieros.

Durante su intervención se han valorado los resultados presentados por la entidad, con un beneficio neto de 1.775 millones de euros en 2025, una cifra que confirma la solidez del banco pese al ligero descenso respecto al ejercicio anterior. También se ha reconocido positivamente la política de retribución al accionista anunciada, si bien se ha insistido en que la rentabilidad para el accionista debe ser compatible con un trato justo a los consumidores, muchos de ellos también pequeños accionistas.

Más allá de los resultados económicos, el foco se ha situado en una cuestión estratégica para el sector financiero: la accesibilidad y la calidad del servicio bancario. Se ha advertido de que los procesos de digitalización y reducción de presencia física continúan generando barreras para miles de usuarios, especialmente personas mayores, consumidores vulnerables y residentes en pequeños municipios.

En este contexto, se ha instado a Banco Sabadell a trasladar a hechos concretos su defensa de un modelo de banca cercana, reclamando compromisos verificables en materia de atención presencial, inclusión financiera, transparencia y mantenimiento de servicios accesibles para todos los consumidores.

La intervención ha situado también en el centro del debate la reciente sentencia del Tribunal Supremo que confirma la validez de la macrodemanda colectiva impulsada por ADICAE frente a numerosas entidades financieras por las cláusulas suelo, una resolución de gran trascendencia para miles de afectados y para el conjunto de los derechos de los consumidores.

En este marco, se ha reclamado colaboración activa por parte de Banco Sabadell para la ejecución efectiva de la sentencia, exigiendo que la entidad facilite el cumplimiento íntegro del fallo judicial y garantice la restitución de las cantidades indebidamente cobradas a los afectados.

Durante la Junta se han planteado además preguntas sobre las medidas previstas para reforzar la atención presencial y mejorar la accesibilidad de los servicios financieros, especialmente para personas mayores y colectivos vulnerables, recordando que la transformación del sector no puede hacerse a costa de los derechos de los usuarios.

La organización ha reiterado que seguirá defendiendo en los espacios de participación societaria un modelo bancario más transparente, accesible y orientado al interés general, reforzando la representación activa de pequeños accionistas y consumidores frente a las grandes entidades financieras.

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Las cláusulas abusivas en el alquiler y la acción colectiva

Por | Acción colectiva, Actualidad, Portada

Recientemente hemos conocido que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción multimillonaria contra una agencia inmobiliaria por la comisión de seis infracciones muy graves, tales sean, la imposición al arrendatario de un Servicio de Atención al Inquilino, entendido como gastos de gestión inmobiliaria y formalización de contrato; la obligatoria contratación de un de seguro de hogar en beneficio de la parte arrendadora; el pago de comisiones por reclamación de deudas y reclamaciones judiciales, aun no existiendo condena en costas; el consentimiento para la incorporación del inquilino a registros de morosos en caso de impago; y, la exclusión del derecho de desistimiento respecto del contrato de Servicio de Atención al Inquilino.

La Directiva 93/13 ya puso de manifiesto hace décadas la importancia de consagrar en las relaciones de consumo el principio de la buena fe, entendido éste en el marco de una decisión libre y consciente de la persona consumidora y en el papel de lealtad y equidad que debe regir la forma de actuar de los profesionales.

No cabe duda, bajo tales perspectivas que la actuación pública en este ámbito es un paso delante de suma importancia, al que se unen otras actuaciones como la determinación que la reciente Ley del derecho a la vivienda de 2023 establece, en punto a la prohibición a trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.

De otra parte, recientes sentencias han puesto de manifiesto igualmente como grandes tenedores de viviendas privadas (fondos inmobiliarios que cuentan, dicho sea de paso, con una extraña complacencia pública hacia su acaparamiento de inmuebles residenciales), han impuesto en sus contratos de adhesión cláusulas que imponen aumentos de renta encubiertos, seguros, penalizaciones desproporcionadas, visitas periódicas del casero o repercusión de impuestos que devienen de la propiedad.

Sin duda el panorama, ante la evidente emergencia habitacional que sufrimos por la conjunción de variados factores que no podemos abordar ahora por la escasez del espacio de este artículo, nos sitúa ante la necesidad de poner en marcha herramientas de defensa de la persona consumidora que no sean meras sanciones administrativas o resoluciones individuales que, siendo muy loables, no aclaran el difícil equilibrio entre grandes patronos e inquilinos, muchas veces indefensos, ante estas prácticas y cláusulas abusivas.

Mientras tanto, sigue dormitando en el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Acciones Colectivas, sin que desde el plano de las personas consumidoras e inquilinas pueda comprenderse esta inacción del Gobierno que, dando una de cal y otra de arena, si se permite la expresión, prefiere castigar una por una a las agencias inmobiliarias que abusan del inquilinato, en vez de abrir una nueva herramienta más potente y efectiva para lograr, mediante tales acciones colectivas, que el mercado del alquiler pueda afrontar en España un cambio sustancial que permita que los derechos reconocidos a las personas consumidoras sean reales, y no se exija a los ya de por sí sufridos inquilinos, tener que afrontar procedimientos judiciales para resolver los abusos perpetrados por los grandes tenedores de vivienda.

ADICAE tiene una larga historia de acciones colectivas ejercidas con éxito, como la reciente victoria frente a 101 entidades bancarias por la imposición de las cláusulas suelo, pero es cierto que el impulso de tales acciones ha puesto de manifiesto una serie de obstáculos que las más de las veces benefician al infractor, más que aceleran una solución conjunta para los consumidores afectados por prácticas y cláusulas abusivas.

Sin duda alguna, estos obstáculos, que han sido puestos de manifiesto ante los poderes públicos en múltiples ocasiones, nos remiten también a la dificultad de afrontar hoy por hoy acciones colectivas con una regulación caótica, dispersa y plagada de trampas procesales que los promotores del abuso pueden utilizar a su antojo para retrasar los procedimientos.

Por ello, y también en la idea y la facultad que tienen reconocidas las organizaciones de personas consumidoras más representativas, es tiempo de reclamar que para solucionar problemas colectivos y abusos multitudinarios, los poderes públicos realmente hagan frente a sus obligaciones y responsabilidades.

Esas obligaciones y responsabilidades nacen, tanto del reconocimiento del acceso a una vivienda digna como un derecho social enclavado entre los principios que han de inspirar nuestro ordenamiento, cuanto en la consagración constitucional que impone a los poderes públicos proteger los intereses económicos de los consumidores.

Por todo lo anterior, se impone ya un impulso urgente a la nueva Ley de Acciones Colectivas y que el Gobierno comprenda que, siendo un paso loable las sanciones a quienes imponen prácticas y cláusulas abusivas, si esa tarea se realiza uno por uno, las arbitrariedades no van a terminar.

Para dar una solución conjunta y colectiva a tales problemas la acción colectiva es la herramienta ideal, y es responsabilidad de las mayorías parlamentarias tener en cuenta que la ausencia de transposición de la nueva Directiva de Acciones de Representación de 2020 y, por consiguiente, la inexistencia de una nueva y moderna regulación de las mismas, perjudica al conjunto de personas consumidoras y hace que nuestro Estado sea menos social, menos democrático y menos de Derecho.

 

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Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: avances necesarios, pero insuficientes si no se frena la escalada de precios

Por | Actualidad, Portada, Vivienda

El Gobierno ha aprobado el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, una nueva hoja de ruta para intentar dar respuesta a uno de los principales problemas sociales y económicos que afectan hoy a los consumidores: el acceso a una vivienda digna, adecuada y asequible. El Plan se regula mediante el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, y desarrolla la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 refuerza las ayudas públicas y blinda la vivienda protegida, lo cual ADICAE valora positivamente. Sin embargo, son necesarias medidas más ambiciosas frente a la especulación, la falta de oferta asequible y el sobreendeudamiento de las familias, las cuales garanticen un acceso real a la vivienda.

La vivienda, uno de los grandes problemas de los consumidores

La vivienda es hoy uno de los principales factores de empobrecimiento de las familias. El pago del alquiler o de la hipoteca absorbe una parte cada vez mayor de los ingresos familiares, reduciendo la capacidad de ahorro y dificultando el pago de otros gastos básicos como suministros, alimentación, transporte, educación o salud. Esta realidad convierte la vivienda en un problema directo de consumo, estabilidad económica y protección social.

Los datos muestran la gravedad del problema. Según el INE, el Índice de Precios de Vivienda cerró el cuarto trimestre de 2025 con una variación anual del 12,9 %, con un aumento del 13,1 % en la vivienda de segunda mano y del 11,2 % en la vivienda nueva. A ello se suma que el 67,1 % de las personas de 18 a 34 años convivía con alguno de sus progenitores en 2025; entre los jóvenes de 26 a 34 años, el 34,6 % señalaba que no podía permitirse alquilar y el 12,7 % que no podía acceder a la compra.

De hecho, la juventud es uno de los colectivos más afectados. El Consejo de la Juventud de España situó la tasa de emancipación juvenil en el 15,2 %, el peor dato registrado en un segundo semestre desde que hay registros, y advirtió de que el precio medio del alquiler obligaría a una persona joven asalariada a destinar el 92,3 % de su sueldo si quisiera vivir sola. En este contexto, las ayudas al alquiler joven pueden aliviar situaciones concretas, pero difícilmente resolverán el problema si no se acompañan de una oferta suficiente de vivienda asequible y de mecanismos eficaces de contención de precios.

7.000 millones para construir, rehabilitar y proteger

El Plan cuenta con una inversión de 7.000 millones de euros, financiada en un 60 % por el Estado y un 40 % por las comunidades autónomas, y se articula en torno a tres grandes ejes: más construcción, más rehabilitación y más protección. Su objetivo es ampliar el parque de vivienda asequible, movilizar vivienda existente y reforzar la protección de los colectivos con mayores dificultades de acceso.

Avances positivos: más vivienda pública y blindaje permanente

En términos generales, el plan supone un avance positivo en varios aspectos. En primer lugar, porque incrementa de forma notable los recursos públicos destinados a vivienda. En segundo lugar, porque apuesta por ampliar el parque de vivienda pública y protegida. Y, en tercer lugar, porque introduce una medida especialmente relevante: las viviendas financiadas con fondos del Plan deberán quedar protegidas de forma permanente. Esta medida es especialmente relevante, ya que en España durante décadas se construyó vivienda protegida que, con el paso del tiempo, terminó saliendo del parque público o asequible, reduciendo la capacidad de las administraciones para intervenir en el mercado.

Principales ayudas previstas

El Plan incluye ayudas para la construcción de nueva vivienda pública o protegida, ayudas a la rehabilitación, programas para movilizar vivienda vacía, medidas de apoyo a jóvenes, subvenciones al alquiler, protección para colectivos vulnerables y financiación para que las administraciones puedan adquirir viviendas e incorporarlas al parque público o asequible. Entre otras medidas, se prevén ayudas de hasta 85.000 euros por vivienda para construcción de vivienda pública o protegida, que pueden llegar a 102.000 euros si se construye en zonas tensionadas y mediante métodos industrializados.

También se contemplan ayudas al alquiler joven de hasta 300 euros mensuales, ayudas de hasta 15.000 euros para jóvenes que adquieran o construyan su primera vivienda en determinados municipios pequeños, ayudas generales al alquiler de 250 euros para personas con recursos limitados y medidas específicas para víctimas de violencia de género y personas en situación de vulnerabilidad.

Más transparencia y control público

Además, también se incorporan mecanismos de transparencia, como la obligación de adjudicar las viviendas construidas o adquiridas con recursos del Plan con criterios objetivos, medibles, transparentes y trazables. También se prevé la remisión de información sobre contratos de arrendamiento a través de los registros autonómicos de fianzas, lo que puede contribuir a mejorar el control público y reducir la opacidad del mercado del alquiler.

Un avance necesario, pero todavía insuficiente

Sin embargo, las ayudas resultan insuficientes si no se actúa sobre las causas estructurales del problema. Los consumidores se enfrentan a una realidad marcada por precios de la vivienda disparados, alquileres inasumibles, dificultades crecientes para acceder a una hipoteca, escasez de vivienda asequible y un mercado cada vez más tensionado por la presión especulativa y por fenómenos como la vivienda turística o los grandes tenedores.

Uno de los principales riesgos es que las ayudas públicas terminen siendo absorbidas por el propio mercado. Si no existe una oferta suficiente y si no se aplican controles efectivos en las zonas tensionadas, una parte de esas ayudas puede acabar trasladándose a nuevas subidas de precios, beneficiando indirectamente a los propietarios en lugar de mejorar de forma estable la situación de los inquilinos. Por ello, ADICAE considera imprescindible que toda ayuda pública vaya acompañada de seguimiento, evaluación y mecanismos que impidan que el dinero público alimente la escalada de precios.

Desde la perspectiva de ADICAE, cualquier política de vivienda debe incorporar también una dimensión financiera. El acceso a la compra no puede basarse en empujar a las familias hacia un mayor endeudamiento ni en facilitar operaciones hipotecarias que superen su capacidad real de pago. La experiencia de crisis anteriores demuestra que una política de vivienda desconectada de la protección del consumidor financiero puede acabar generando sobreendeudamiento o nuevas situaciones de exclusión residencial.

Por ello, el Plan debe ir acompañado de una vigilancia reforzada sobre la financiación hipotecaria, la comercialización de productos vinculados, las comisiones, los seguros asociados y cualquier práctica que pueda encarecer artificialmente el coste final de acceder a una vivienda. No se trata solo de construir o subvencionar más, sino de garantizar que consumidores, compradores e inquilinos puedan acceder a una vivienda en condiciones justas, transparentes y sostenibles.

En definitiva, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 contiene medidas necesarias y avances relevantes, especialmente en materia de inversión pública, vivienda protegida permanente, ayudas a colectivos vulnerables y mecanismos de transparencia. Pero ADICAE advierte de que estos avances serán insuficientes si no se acompañan de políticas estructurales más ambiciosas para frenar la escalada de precios, ampliar de forma efectiva el parque público, regular la presión de la vivienda turística y proteger a los consumidores frente al sobreendeudamiento.

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Crédito al consumo: mayor control frente a nuevas formas de endeudamiento

Por | Actualidad, Portada, Productos financieros

El crédito al consumo se ha convertido en un recurso cada vez más presente en la vida cotidiana de muchas personas, ya que comprar un electrodoméstico, financiar un viaje, aplazar una compra online o recurrir a un préstamo inmediato desde el móvil para hacer frente a imprevistos o gastos corrientes son gestos cada vez más cotidianos entre los consumidores. Sin embargo, esa aparente facilidad para acceder al crédito también puede esconder ciertos riesgos como intereses elevados, comisiones poco visibles y fórmulas de financiación que pueden acabar agravando la situación económica de muchas familias.

La expansión reciente de estas fórmulas de financiación no es casual, ya que se produce en un contexto de economías familiares ajustadas, donde muchas personas ven el crédito como una solución rápida para resolver necesidades inmediatas. En 2025, el 8,5% de la población declaró llegar a fin de mes con mucha dificultad y el 36,4% afirmó no tener capacidad para afrontar gastos imprevistos, según la Encuesta de Condiciones de Vida del INE.

¿Qué es un crédito al consumo?

En términos generales, el crédito al consumo es aquel contrato por el que un prestamista concede o se compromete a conceder a una persona consumidora un crédito en forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación. La Ley 16/2011 lo aplica, con carácter general, a operaciones contratadas por personas físicas para fines ajenos a su actividad profesional, y excluye, entre otras, las hipotecas inmobiliarias o los créditos por importe inferior a 200 euros. Según el Banco de España, este tipo de financiación suele destinarse a bienes y servicios como vehículos, muebles, viajes o estudios y, por regla general, resulta más cara que una hipoteca.

Los créditos al consumo recogen muchas operaciones distintas, como por ejemplo préstamos personales para comprar bienes o servicios, financiación vinculada a una compra concreta, créditos concedidos por establecimientos comerciales, tarjetas de crédito con pago aplazado y otras fórmulas que permiten consumir en el momento y pagar después. De hecho, debido a esta variedad, muchas veces los consumidores no identifican con claridad si están contratando deuda, sobre todo cuando la financiación se presenta como una opción de pago integrada en el propio proceso de compra.

Qué información debe recibir el consumidor antes de contratar

Antes de contratar, el consumidor no debería firmar nunca sin haber recibido información clara, suficiente y comparable. Según la normativa vigente, el consumidor debe recibir información precontractual suficiente y comparable sobre el coste del crédito, su duración, el importe total adeudado, la TAE (Tasa Anual Equivalente) y las consecuencias en caso de impago. Dicha información debe facilitarse mediante la información normalizada europea sobre el crédito al consumo, la cual permite comparar ofertas entre entidades. Además, si la solicita, el consumidor tiene derecho a recibir de manera gratuita una copia del proyecto de contrato.

Junto a ello, hay una garantía especialmente relevante: el derecho de desistimiento. La ley reconoce que el consumidor puede desistir del contrato de crédito en un plazo de 14 días naturales, sin necesidad de justificar su decisión ni sufrir penalización, aunque deberá devolver el capital recibido y los intereses devengados hasta ese momento.

Desde ADICAE recomendamos revisar bien toda la información (TAE, coste total, comisiones, duración real y penalizaciones por impago), ya que puede marcar la diferencia entre una financiación asumible y una deuda difícil de controlar. Uno de los errores más habituales es fijarse solo en la cuota mensual, ya que una cuota a simple vista baja puede ocultar plazos muy largos y con ello un encarecimiento sustancial del crédito.

Aumenta la demanda de créditos al consumo

Según el Banco de España, la demanda de crédito de los hogares mantuvo una tendencia expansiva en 2025, si bien la expansión fue algo más moderada a final de año. Además, el saldo vivo del crédito a hogares para consumo y otros fines creció un 5,5% entre el último trimestre de 2023 y el primer trimestre de 2025. Según el informe sobre la situación financiera de familias y empresas, la financiación a hogares muestra vigor gracias, entre otros factores, a la financiación al consumo, y entre octubre de 2023 y mayo de 2025 el tipo de interés de los nuevos préstamos para consumo se redujo hasta el 5,8%, lo que pudo favorecer una mayor contratación. Estos datos reflejan que la financiación al consumo se ha normalizado y que ha ganado peso en la economía cotidiana.

La situación económica de los hogares es clave para entender el crecimiento del crédito al consumo. Una parte importante de la población sigue sin disponer de un colchón suficiente para hacer frente a gastos imprevistos y las dificultades para llegar a fin de mes continúan afectando a muchos hogares, según datos del INE. En este contexto, el crédito deja de ser solo un instrumento puntual para financiar bienes duraderos y en algunos casos pasa a convertirse en una vía para sostener gastos ordinarios o resolver urgencias.

El auge de las fórmulas rápidas de financiación: préstamos inmediatos, tarjetas revolving y “compra ahora y paga después”

En los últimos tiempos también se ha producido un auge de fórmulas rápidas de financiación, las cuales se caracterizan por contratarse con mucha rapidez y escasa reflexión previa. Los créditos rápidos suelen consistir en préstamos de pequeño importe concedidos de manera casi inmediata y con escasa documentación, a través de internet o por teléfono. El problema es que esa rapidez o aparente comodidad suele ir acompañada de tipos de interés elevados, plazos cortos y comisiones elevadas. Según advierte el Banco de España, estos créditos se dirigen muchas veces a personas que tienen dificultades para acceder a la financiación tradicional, y recuerda que muchas de las empresas que conceden este tipo de financiación no están supervisadas por el supervisor bancario, ya que la concesión de préstamos no está reservada exclusivamente a los bancos o entidades de crédito tradicionales.

Junto a estos préstamos rápidos, las tarjetas revolving siguen siendo uno de los productos que más conflictos ha generado en los últimos años. Son tarjetas de crédito que admiten, dentro de sus formas de pago, la de pago aplazado (revolving), es decir, aquella que permite la devolución total del crédito gastado de forma aplazada mediante cuotas mensuales del importe que el titular de la tarjeta elija, y con intereses asociados. La característica principal de estas tarjetas es que la deuda se renueva mes a mes: disminuye con el pago de la cuota, pero vuelve a crecer con nuevas disposiciones, intereses, comisiones y otros gastos que se financian conjuntamente. El gran peligro aparece cuando la cuota mensual es muy baja, ya que apenas cubre los intereses, alargando la deuda indefinidamente. El Banco de España advierte que, por la propia variabilidad de esta deuda, no es posible elaborar un cuadro de amortización previo como en un préstamo ordinario, lo que dificulta que muchas personas comprendan realmente cuánto acabarán pagando y durante cuánto tiempo permanecerán endeudadas.

También ha crecido con fuerza el modelo “compra ahora y paga después”. Se presenta como una forma cómoda y flexible de aplazar pequeñas compras, muchas veces con proceso de aprobación casi instantáneo. Este tipo de financiación puede fomentar compras impulsivas y transmitir una falsa sensación de control: al fragmentarse los pagos en varias operaciones pequeñas, el consumidor puede no percibir con claridad que está acumulando deuda. El problema no está solo en una operación aislada, sino en la acumulación de varias pequeñas deudas simultáneas que comprometen ingresos futuros. En este sentido, la Autoridad Bancaria Europea ha alertado del aumento del crédito al consumo rápido y accesible, y de cómo una mala evaluación de solvencia y una información precontractual insuficiente favorecen el sobreendeudamiento.

Los riesgos reales: comisiones, impagos y recobro

El riesgo real está en el coste total de la operación, no solo en el tipo de interés nominal. A la cuota pueden sumarse comisiones de apertura, gastos de modificación, costes por reclamación de posiciones deudoras o intereses por retraso en el pago.  Es muy importante que antes de contratar el consumidor conozca todos los costes accesorios, ya que en créditos de contratación rápida o poco transparentes, pueden encarecer mucho más la operación de lo que aparenta la publicidad inicial.

El escenario empeora cuando aparece un retraso en el pago, ya que pueden añadirse intereses de demora y la entidad puede repercutir costes derivados de las gestiones de recuperación del impago. Ahí es donde muchas personas entran en una espiral difícil de romper: una deuda se intenta cubrir con otra, se refinancia, se aplaza o se fracciona, pero el resultado es una acumulación progresiva de obligaciones que acaba asfixiando la economía familiar. Lo que inicialmente parecía una solución rápida termina agravando el problema de fondo.

La nueva directiva europea de crédito al consumo y próximos cambios regulatorios en España

En este contexto, no cabe duda de que el mercado del crédito al consumo necesita una regulación más exigente. La Directiva (UE) 2023/2225, relativa a los contratos de crédito al consumo, sustituye a la directiva anterior y busca reforzar la protección del consumidor en un mercado que ha cambiado mucho con la digitalización, el aumento de pequeños créditos y el auge de nuevas fórmulas rápidas de financiación.

En España, el Gobierno aprobó el anteproyecto de ley para transponer dicha directiva en enero de 2026 y lo sometió a audiencia pública. Según la información oficial difundida por el Ministerio de Economía y el Banco de España, el texto plantea novedades de gran relevancia: límites al coste de determinados créditos, especial impacto sobre microcréditos, tarjetas revolving y préstamos rápidos concedidos a través de plataformas digitales, mayor supervisión por parte del Banco de España sobre la mayoría de los prestamistas, refuerzo de la evaluación de solvencia y mayores exigencias de información precontractual.

La finalidad de la reforma es aumentar la protección del cliente, evitar el sobreendeudamiento e introducir restricciones sobre los productos de coste más elevado. Es un paso importante, aunque conviene recordar que, mientras la norma no se apruebe definitivamente, seguimos hablando de cambios en tramitación y no aun plenamente vigentes.

Cómo evitar caer en una espiral de deuda

Ante este panorama, la principal recomendación es no contratar un crédito como si fuera una simple opción de pago sin consecuencias. Desde ADICAE recomendamos revisar ofertas por TAE y no solo por cuota mensual, revisar todas las comisiones, comprobar que ocurre en caso de impago, desconfiar de la financiación “instantánea” y preguntarse si se podrá afrontar la deuda sin comprometer gastos básicos en los próximos meses.

También es fundamental no utilizar crédito para cubrir necesidades ordinarias de forma recurrente, porque ahí es donde suele empezar la espiral de deuda. Una señal de alarma clara es cuando el crédito empieza a utilizarse para tapar otras deudas anteriores, en esta situación el problema ya no es solo financiero, sino estructural. En ese punto, lo prioritario es frenar la acumulación de nuevas obligaciones, revisar los contratos firmados y buscar asesoramiento antes de que la situación empeore.

En conclusión, el crédito al consumo puede ser útil y necesario en algunos casos, pero no debería convertirse en un mecanismo que aproveche la urgencia o la vulnerabilidad económica de los consumidores. Ante la expansión de fórmulas de financiación cada vez más rápidas, más simples y agresivas comercialmente, desde ADICAE reclamamos una mayor transparencia, mayor control y más prevención del sobreendeudamiento. Además, conviene insistir en una idea esencial: aceptar un crédito no es solo elegir cómo pagar una compra, sino asumir una obligación que puede condicionar la estabilidad económica de los hogares.