gastos de tasación

El Tribunal Supremo impone el 100% de los gastos de tasación a la banca

Por | Banca

El pasado 28 de enero el Tribunal Supremo resolvía que los gastos de tasación correspondían al banco y no al consumidor. Esta sentencia confirmaba la doctrina que venía defendiendo ADICAE, al pronunciarse al fin sobre los gastos de tasación y asumiendo la nulidad de la cláusula y el reintegro de las cantidades indebidamente pagadas.

Desde ADICAE se recibía con satisfacción esta sentencia que ratifica por lo tanto que los consumidores tienen derecho a la restitución de los gastos hipotecarios a todos los consumidores con hipoteca anterior a la ley de Crédito Inmobiliario de 2019.

No obstante, ADICAE considera fundamental que el Gobierno promueva la modificación de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario para que los consumidores con préstamos suscritos después de la entrada en vigor de dicha ley también puedan beneficiarse por la sentencia del Tribunal Supremo que ha atribuido los gastos de tasación a la entidad bancaria.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

El Tribunal Supremo, con esta sentencia, atribuye la restitución del 100% de la tasación a los consumidores, cantidad que se suma a la del registro y gestoría en su totalidad, además del 50% de la notaría.

Ahora bien, ADICAE continúa insistiendo en la devolución de todos los gastos hipotecarios, incluido el IAJD, el cual supone casi dos tercios del total de costes indebidamente cargados a millones de consumidores.

Esta reclamación del pago del IAJD tiene su origen en su imposición al consumidor a través de una cláusula predispuesta y no negociada y que es declarada nula por abusiva. En consecuencia, desde la Asociación se viene solicitando su expulsión y la restitución íntegra al prestatario de los gastos indebidamente pagados por este.

Pronunciamiento de Europa sobre los gastos hipotecarios

Esta sentencia del Alto Tribunal llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictara el pasado día 16 de julio que, entre otros aspectos, el juez nacional no puede negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula declarada nula por abusiva, salvo que las disposiciones de derecho nacional aplicables en defecto de dicha cláusula impongan al consumidor el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos; abriendo así la discusión sobre si existen o no y qué normas de derecho nacional que imponen ese gasto al consumidor.

Demandas de ADICAE

Hasta el momento, ADICAE ha interpuesto 107 demandas colectivas reclamando todos los gastos para los consumidores, incluido los de tasación. Estas demandas, que agrupan a más de 2.000 afectados y se han llevado a cabo en 28 provincias diferentes, se están resolviendo con resultados favorables para los consumidores, permitiéndoles recuperar los gastos hipotecarios de una forma rápida, sencilla y económica.

Según las características de cada hipoteca, la Asociación estima que de media el consumidor puede recuperar 1.000 euros a la banca al reclamar y recuperar el 100% de los gastos de tasación, registro y gestoría y el 50% de los gastos de notaría.

Para calcular la cantidad que el consumidor puede recuperar por gastos hipotecarios, ADICAE invita a los usuarios a que hacer llegar a una de las sedes una copia de las facturas de los gastos hipotecarios. Posteriormente, los abogados de la asociación le entregarán al consumidor un aproximado de las cantidades a recuperar.

Tras esta nueva sentencia del Supremo, ADICAE anima a todos los hipotecados a defender sus derechos y a unirse a las reclamaciones a través de la plataforma https://colectivos.adicae.net/asambleas_p.php?id=77&nombre=. En ella, los afectados podrán informarse y adherirse a la campaña que ADICAE está llevando a cabo para garantizar el resarcimiento de las cantidades indebidamente pagadas al momento de firmar la hipoteca.

Los Servicios Jurídicos de ADICAE repasan en su newsletter la actualidad sobre los derechos de los consumidores

Por | Notas de prensa

Recientemente la Asociación ha puesto en marcha esta nueva herramienta para dar a conocer las actividades en las que participan ADICAE, sus Servicios Jurídicos, las entidades financieras, los consumidores, los operadores jurídicos y los poderes públicos que interactúan entre sí. Se trata de una newsletter de carácter mensual que aborda los conflictos de los consumidores con las entidades financieras y otras empresas en los juzgados y fuera de ellos. Además, dispone de la página web www.adicae.legal, la nueva plataforma de los Servicios Jurídicos de la Asociación.

La newsletter de los Servicios Jurídicos de ADICAE se envía a principios de cada mes con el objetivo de, en palabras del Presidente de la Asociación, Manuel Pardos, “reforzar, en esta época de cambios económicos y sociales de tanta trascendencia, la protección efectiva, extrajudicial y judicial, prioritariamente colectiva, de los derechos de los consumidores”.

La idea de esta herramienta es dar mayor visibilidad a la labor que los Servicios Jurídicos de ADICAE (ADICAE-SERJUR) desarrollan para defender los derechos de los consumidores frente a las entidades financieras y otras corporaciones ante la justicia española buscando dar una solución efectiva a los afectados.

Formato newsletter y Revista Jurídica

En cada número se encuentra un artículo destacado con lo más importante de cada mes sobre la defensa de los derechos de los consumidores en el ámbito económico. A continuación, se recogen distintos artículos que abordan temas relacionados, principalmente, con los gastos hipotecarios,  la acción colectiva, las tarjetas revolving, las hipotecas referenciadas con IRPH o el caso del Banco Popular.

También se dedica en cada número de la newsletter una sección de nuevas tecnologías en la que se explicará cómo se está transformando digitalmente el ámbito jurídico. Además, hay una sección multimedia en la que se publican distintos vídeos elaborados por la entidad para ampliar algunos de los temas de los que se habla en la newsletter.

Por otro lado, la newsletter cuenta con una Revista Jurídica, un documento en PDF con formato de revista en la que se puede encontrar una carta del Presidente de ADICAE, una introducción y todos los artículos publicados en el correo con distintas fotos. Esta revista está indicada para aquellas personas que quieran leer todos los artículos de forma conjunta y no ir haciendo clic en cada uno de ellos.

Temas tratados en números anteriores

Hasta la fecha, se han publicado tres newsletters. En la primera, denominada ‘Newsletter número 0‘, se dieron las primeras reacciones a la sentencia del Tribunal Supremo sobre el IRPH, el caso del Banco Popular, la personación de ADICAE por el ‘caso Villarejo‘, la transparencia de las tarjetas revolving y la comisión de apertura, entre otros temas.

La ‘número 1‘ sirvió para dar a conocer la importante labor de los Servicios Jurídicos de ADICAE y se dedicó un artículo destacado sobre la sentencia que obliga al Banco Santander a devolver los gastos hipotecarios a los afectados. También se abordaron los pactos novatorios, los créditos vinculados como en el caso Dentix, la regulación del Sanbox y el pago por móvil.

Finalmente, el número 2, enviado a mediados de enero, hablaba sobre la aproximación al RDL 37/2020, la ocupación y usurpación y la prescripción de los gastos hipotecarios. Además, la acción colectiva, las comisiones por posiciones deudoras, el principio de cosa juzgada y el pago por WhatsApp tuvieron cabida en este primer número del año 2021.

Todos estos artículos se pueden encontrar en la página web www.adicae.legaluna página web centrada en la actividad de sus Servicios Jurídicos. En ella, entre otras secciones que se describirán a continuación, se pueden encontrar todos los artículos y todas las revistas jurídicas publicadas hasta la actualidad.

Suscríbete en la web de ADICAE-SERJUR

La plataforma www.adicae.legal contiene todos los artículos publicados en la newsletter, su revista jurídica, un apartado con vídeos del canal de YouTube de la Asociación y una sección de ‘colabora’ para que los usuarios informen sobre casos en los que se haya detectado abuso a los consumidores, entre otras secciones.

Las personas interesadas en recibir esta newsletter tendrán que acceder a la página web de los Servicios Jurídicos de ADICAE y darse de alta a través del formulario que se puede encontrar tanto en la página principal como en cada uno de los artículos. Solo con incluir el nombre y un correo electrónico ya se estará suscrito a la newsletter de ADICAE.

consumidor vulnerable

Uno de cada cuatro consumidores no podría hacer frente a un gasto imprevisto durante la pandemia

Por | Consumo

Según una encuesta de ADICAE sobre consumidores vulnerables, el 25,8% de los consumidores reconoce la imposibilidad de afrontar un pago imprevisto de más de 700€ debido a la crisis económica marcada por el Covid-19. En tanto, el 14% de los encuestados ha recurrido a créditos rápidos para evitar situaciones de endeudamiento.

En este año, marcado por el impacto del Covid 19 y sus efectos, ha quedado demostrada la

En este año, marcado por el impacto del Covid 19 y sus efectos, ha quedado demostrada la vulnerabilidad del consumidor ante los servicios financieros, energía y telecomunicaciones, debido a la brecha digital, a los perjuicios económicos de la pandemia, al confinamiento y al aislamiento.

Ante ese escenario marcado por la crisis causada por el coronavirus, ADICAE realizó una encuesta, enmarcada dentro del estudio “Concepto y causas del consumidor vulnerable en servicios financieros, energía y telecomunicaciones” (descargar aquí) con el objetivo de alcanzar una definición de consumidor vulnerable y analizar las diferentes causas de consumidores en riesgo de exclusión financiera, energética y de telecomunicaciones.

Según el sondeo, en el que participaron más de 500 usuarios, el 25,8% de los encuestados reconoce que no podría realizar el pago de un gasto no previsto con un importe de más de 700€. De la misma forma, el 30% de los usuarios que se han encontrado en alguna de estas situaciones de dificultades de pago (aparecer en la lista de morosos, acceder a créditos rápidos, pedir ayuda a familiares, pedir ayuda a ONG’s, sufrir cortes o darse de baja en un servicio) declara haberlo hecho en el último año debido al impacto negativo del Covid 19.

La encuesta da a conocer un dato significativo que demuestra que estar empleado no exime de estar en situación de riesgo de pobreza, ya que casi la mitad de consumidores (48,7%) que se han retrasado en el pago de bienes básicos, actualmente tiene trabajo remunerado.

Por su parte, para evitar situaciones de impago de bienes básicos, el 14,1% de los consumidores tuvo que recurrir a créditos rápidos, mientras que el 13,9% prefirió solicitar ayuda a familiares o amigos.

El estudio muestra que el 28,6% de los usuarios se ha sentido engañado en el último año frente a las entidades financieras, mientras que el 76,3% lo ha hecho en algún momento de su vida. En ese sentido, las reclamaciones por parte de los consumidores es una asignatura pendiente en España, ya que casi la mitad de los encuestados (50,9%) ha tenido en el último año una circunstancia para efectuar una reclamación en el momento de realizar una compra o recibir un servicio. En tanto, de las compras realizadas por internet, los encuestados señalan que en el 17,5% de las ocasiones no han tenido respuesta a sus reclamaciones.

Ayudas sociales denegadas

En relación a ayudas sociales en diferentes ámbitos (Ingreso Mínimo Vital, cuenta básica, bono social eléctrico, etc.), el estudio de ADICAE destaca el importante número de ayudas denegadas en comparación con las concedidas. Un 4,6% de los encuestados declara que su solicitud de moratoria de préstamos fue denegada frente a un 4% que fue concedida, mientras que, de la Ley de Segunda Oportunidad, a un 4,2% de los participantes al estudio le fue denegada frente a un 1% concedida y un 6,5% de solicitudes denegadas par el bono social eléctrico frente a un 8,9% concedido.

La poca incidencia del Ingreso Mínimo Vital se debe a la dificultad a la hora de preparar la documentación, y a la falta de atención presencial a la hora de solicitarlo, provocando que solo el 4,6% de la solicitudes de los encuestados fueran denegadas frente 2.7% de ayudas concedidas.

Aunque estos diferentes tipos de ayudas, establecen diferentes requisitos y baremos para determinar qué ciudadanos están en una situación de vulnerabilidad, evidencia los exigentes requisitos que dejan fuera de estas ayudas a un amplio número de consumidores que se consideran vulnerables.

Factores de vulnerabilidad

Además de analizar el comportamiento del consumidor final ante los principales indicadores de vulnerabilidad, el estudio “Concepto y causas del consumidor vulnerable en servicios financieros, energía y telecomunicaciones” examina el concepto jurídico de consumidor vulnerable y establece los principales factores que provocan que el consumidor se encuentre en especial situación de vulnerabilidad ante los servicios financieros:

1.- La complejidad y riesgo de los productos ofertados provoca que no se garantice que un consumidor informado sea un consumidor protegido, lo que conduce al fracaso de la legislación sobre información al consumidor en productos y servicios financieros.

2.- Las limitaciones de los controles (para la protección del consumidor) de contenido y transparencia de las condiciones generales de los contratos y las cláusulas no negociadas. El protagonismo judicial en los últimos años sobre el control de contenido y transparencia de cláusulas abusivas, actúa solo de forma reactiva, cuando la mala decisión ya ha sido tomada, y solo tiene un carácter paliativo de la vulnerabilidad general de consumidor.

3.- Las limitaciones del derecho de desistimiento y de otros derechos irrenunciables del consumidor. Solo existe derecho de desistimiento en la contratación a distancia, en todos los demás productos del mercado bancario, del mercado de valores o del seguro no existe derecho de desistimiento.

4.- No existen los servicios financieros esenciales. Existe una cuenta de pago básica, en nuestra normativa nacional pero a la que no se da ninguna publicidad en las entidades financieras, y no existe un necesario préstamos hipotecario básico para la financiación de un bien esencial como la vivienda habitual.

Propuestas para proteger a los consumidores de servicios financieros de su vulnerabilidad

Con el objeto de proteger de la vulnerabilidad al consumidor de servicios financieros, el estudio propone eliminar la figura jurídica de consumidor medio como estándar de comportamiento exigible y sustituirse por la figura del consumidor confiado.

Asimismo, se plantea elevar la obligación de evaluación de la solvencia del consumidor al mercado crediticio de consumo, así como establecer como sanción de derecho privado, aplicable al incumplimiento de la obligación de evaluar la solvencia del consumidor, la pérdida total o parcial del derecho a cobrar intereses del prestamista (siguiendo la orientación adoptada en países como Francia o Bélgica).

En el estudio se presenta además como medidas de prevención ante la vulnerabilidad el establecimiento de otras obligaciones análogas a la de evaluar la solvencia en los mercados de productos de inversión y en el mercado asegurador y la imposición a las entidades financieras de la obligación de informar en los extractos de cuenta, recibos de las operaciones, folletos con información fiscal y otros documentos de manejo frecuente por parte de los usuarios, de la existencia de la cuenta de pago básica, de su coste anual y de los servicios que ofrece.

ADICAE ha desarrollado el proyecto “Consumidores y usuarios vulnerables ante los servicios financieros y grandes temas del consumo” para hacer llegar a todos los consumidores, y a los profesionales y organizaciones que trabajan habitualmente con los colectivos vulnerables, así como las instituciones de consumo, profesionales jurídicos y de asistencia social la información y formación necesaria sobre ayudas y normativas de protección específica. Por ello, la Asociación ha puesto a disposición la web https://consumidorvulnerable.adicae.net/#introduccion.

El Tribunal Supremo acepta el impulso procesal de la macrodemanda presentado por ADICAE

Por | Acción colectiva

La Asociación reclamó en 2020 ante el Alto Tribunal un impulso procesal para acelerar el caso de la macrodemanda por las cláusulas suelo. Este impulso procesal ha sido aceptado por el Tribunal Supremo, un hecho que, en un principio, significaría que se acelera la admisión o inadmisión del recurso presentado por la banca y poder disponer así de una sentencia en firme sobre un caso que dura ya más de 10 años.

La macrodemanda por las cláusulas suelo es un tema por el ADICAE lleva muchos años luchando. Los miles de consumidores adheridos a esta solo ven como en los juzgados viven en un constante panorama de “atasco” y su caso sigue sin una sentencia firme con la que recuperar todo el dinero que han perdido con estas cláusulas abusivas.

Muchos de estos consumidores siguen pagando mensualmente una cláusula hipotecaria que desde hace 8 años fue declarada nula por falta de transparencia de acuerdo con la normativa de las condiciones generales de la contratación. Por otro lado, otros muchos consumidores afectados han desistido de su obligación de pago por imposibilidad sobrevenida.

Impulso procesal

Ante esta situación de demora en el procedimiento de esta macrodemanda, ADICAE reclamó el pasado año ante el Tribunal Supremo un impulso procesal para poder acelerarlo y permitir así que los miles de afectados que se han adherido a esta demanda puedan recuperar las cantidades indebidamente pagadas durante todos estos años.

Finalmente, el Alto Tribunal ha aceptado este impulso y adelantamiento del trámite solicitado “por concurrir circunstancias suficientes que justifican el tratamiento preferente de los recursos”. Gracias a la labor de ADICAE el Tribunal Supremo va a dar prioridad a un tema en el que se encuentran “atascados” miles de consumidores afectados.

La Asociación espera que de verdad se acelere la admisión o inadmisión del recurso presentado por la banca en 2019 ante la macrodemanda. ADICAE confía en que el Tribunal Supremo inadmita este recurso, ya que la banca lleva ya mucho tiempo evitando una sentencia firme e intentando retrasar el resarcimiento de miles de afectados.

Así, una sentencia final de la macrodemanda permitirá a todos los cientos de miles de hipotecados que no han resuelto todavía este abuso ponerle fin y poder recuperar su dinero perdido durante todos estos años.

Macrodemanda ADICAE

En noviembre de 2010 ADICAE presentó ante el Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid una demanda colectiva contra 59 entidades bancarias y cajas de ahorros por la aplicación abusiva de las cláusulas suelo en las hipotecas. Así, con esta macrodemanda sacó a la luz el gran fraude de las cláusulas suelo. Su objetivo era decretar el cese en la aplicación de este tipo de cláusulas y su carácter abusivo, así que solicitar una regulación de estas prácticas al Parlamento.

En 2013 las cláusulas suelo fueron declaradas nulas y en 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se posicionó a favor de los consumidores estimando la devolución íntegra, como consumidor de la nulidad de la cláusula.

Así, en 2018, la Audiencia Provincial dictó sentencia en función a la doctrina del TJUE a todos los bancos a devolver las cantidades cobradas indebidamente desde la firma de la hipoteca más intereses. Además, señaló que la retroactividad debía ser total. Ante esta sentencia, la banca presentó ante el Tribunal Supremo un recurso extraordinario y de casación.

La aplicación de estas cláusulas supuso que en 2009 los bancos y cajas que las aplicaron ingresasen en su conjunto entre 3.300 y casi 7.000 millones de euros más de lo que les correspondía en perjuicio del consumidor.