creditos al consumo

La cuesta de septiembre puede costar a los consumidores españoles un 40% más que a los europeos

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ADICAE alerta que, con la llegada de septiembre y la consiguiente vuelta al cole, muchas familias optarán a créditos al consumo con un 8,01% TAE de media en España, frente al 5,72% de la Unión Europea. Esto supone que los créditos al consumo son en España un 40% más caros que la media de la UE.

Todos los años con la operación de la vuelta al cole crece el endeudamiento de muchas familias que deciden solicitar un crédito al consumo para financiar los gasto asociados al inicio del curso escolar de sus hijos. Y este año 2020 además se ve agravado por la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19.

El riesgo de sobreendeudamiento en la actual crisis económica y sanitaria es un problema que alcanza a gran parte de la población, sobre todo, a los que ya tienen contratados productos englobados con entidades financieras como los préstamos hipotecarios, tarjetas revolving, créditos al consumo y otras entidades con créditos rápidos. Por ello, ADICAE desarrollará este año el proyecto “El sobreendeudamiento de los consumidores: prevención y alternativas concretas en la ‘nueva normalidad’ y crisis económica tras el Covid-19” con el fin de diagnosticar los actuales mecanismos de endeudamiento y sobreendeudamiento de los consumidores y desarrollar una amplia campaña de formación y comunicación para su prevención.

ADICAE ha podido comprobar que los consumidores españoles que decidan solicitar un crédito pagarán un 40% más que la media de los europeos. Mientras que en España, el tipo de interés se sitúa en un 8,01% TAE, la media europea no llega al 6%, quedándose en un 5,72%. Y la diferencia es mayor cuando hablamos de operaciones a plazo entre 1 y 5 años, ya que en España la media del tipo de interés está en un 7,68% y el de la UE en un 4,72%.

Se trata de una divergencia que se viene repitiendo desde hace años. En 2018, en nuestro país se pagaba un tipo de interés medio del 8,14% TAE en las operaciones a plazo entre 1 y 5 años, las más comunes, mientras que en la Eurozona el tipo de interés estaba en un 4,99%, lo que suponía una diferencia del 63%.

Por ello, ADICAE avisa a los consumidores y usuarios de los riesgos de caer en situaciones de sobreendeudamiento, de las cuales es difícil salir. La Asociación recomienda hacer solamente un uso puntual del crédito, realizando la devolución en la medida de lo posible, comparando, informándose y evitando caer en ofertas engañosas que bajo aparentes facilidades de concesión y pago encubren intereses desproporcionados.

Especial cuidado con las tarjetas revolving

Con motivo de la cuesta de septiembre causado principalmente por inicio del curso escolar, ADICAE llama a los consumidores a prestar especial atención a las tarjetas revolving. En este caso, de media las entidades financieras ofrecen actualmente créditos de tipo revolvente con intereses que ascienden al 18,37%, frente al 15,92% de la media europea.

A través de las reclamaciones de los consumidores, la Asociación ha comprobado que casi el 50% de los usuarios desconoce las condiciones de las tarjetas revolving, principalmente porque no se le ha informado previamente del coste de los intereses del dinero dispuesto.

En este sentido, ADICAE hace un llamamiento a los consumidores afectados por las tarjetas revolving para que se agrupen través de la plataforma de la Asociación (https://colectivos.adicae.net/plantilla.php?id=83).

Aumento del precio de la educación

Además de intereses de créditos al consumo superiores a la media europea, ADICAE avisa que los consumidores españoles deben hacer frente también a un aumento de los precios asociados a los gastos asociados a la educación de sus hijos superior al de la media de UE. Desde el comienzo de siglo, según datos de Eurostat, los precios relativos a educación se han incrementado en España un 81,6%, lo que supone un 31,6% más que en la Zona Euro.

Por su parte, entre el 2000 y el 2019, el incremento de los precios en países como Alemania o Italia se situaba en un 38% y 21%, respectivamente, muy inferiores a los datos de España.

Las telefónicas incorporan el 4G a sus tarifas a pesar de carecer de cobertura en todo el territorio

By | Actualidad, Consumo

Desde su aparición a principios del verano, la estrategia comercial de las operadoras pasa por promocionar el 4G. Esta tecnología permite, en teoría, navegar por Internet con el móvil a una velocidad diez veces mayor que la que ofrece el 3G, de manera que facilita el visionado de vídeos o la descarga de archivos, además de hacer que las páginas web se cargen en pocos segundos. Junto con la marea de publicidad, las compañías han ido incorporando el 4G a sus tarifas móviles más “avanzadas” -esto es, que incluyen mayores servicios y, por tanto, son más caras-. Read More

Inversión móvil

ADICAE advierte al pequeño ahorrador de los peligros de las ofertas engañosas en las inversiones

By | Actualidad, Noticias

La crisis del Covid-19 se ha traducido en un aumento de la actividad de los llamados inversores minoristas, pequeños ahorradores, que entran en el mercado en un momento de gran incertidumbre.

Tal y como venía detectando ADICAE, gracias a los nuevos canales no presenciales de comunicación abiertos durante la pandemia, vía WhatsApp al número 660175964 o el correo electrónico consultas@adicae.net se está produciendo un aumento significativo en el número y la actividad de los pequeños ahorradores, confirmado ya por las autoridades europeas en la materia y motivado sin duda por el contexto actual provocado por la propagación del coronavirus Covid-19 y su impacto innegable en la economía y mercados financieros de todo el mundo.

La incertidumbre que engloba el mercado actual, con alta volatilidad, lejos de espantar al pequeño ahorrador ha provocado una reacción activa en muchos de ellos que se traduce en un incremento de operaciones. Desde esta asociación se quiere recordar que precisamente esa alta volatilidad se traduce en un aumento de riesgos de mercado, por lo que se aconseja una dosis extra de prudencia a la hora de acercarse a las distintas ofertas de inversión.

Sin duda, ese aumento en la actividad inversora ha provocado un correlativo incremento de la oferta y, lamentablemente, no toda cumple con todos los requisitos necesarios que protegen al consumidor, dando pie a ofertas de inversión engañosas y a una nueva irrupción de «chiringuitos financieros» que escapan a los controles que impone la normativa.

Como no podía ser de otra manera, desde ADICAE, más allá de alertar de los riesgos de la situación actual de los mercados sin precedente, se insiste en la necesidad de que los actores principales del mercado financiero atiendan a las normas de conducta marcadas por la normativa MiFID II, pues el momento requiere un estricto cumplimiento de las mismas como refuerzo de la protección de los derechos de los ciudadanos y, más aún, cuando hablamos de pequeños ahorradores con poca experiencia a la hora de invertir y, quizás, sin los conocimientos necesarios para autoprotegerse.

Operar solo con empresas autorizadas

Inversión móvilEn esta línea de prestar especial vigilancia a las empresas de servicios de inversión, desde ADICAE se quiere recordar que solo las empresas autorizadas (sociedades y agencias de valores, sociedades gestoras de cartera, EAFI, bancos y cajas de ahorros…) están sometidas a las normas que regulan los mercados de valores, como la MiFID II, además de los consecuentes controles de los organismos supervisores (CNMV y Banco de España).

En paralelo, una empresa no autorizada, no registrada en la CNMV ni en el Banco de España, escapa del control de los mismos, ni tendrá acreditados unos requisitos mínimos para el ejercicio de esta actividad y, lo que redunda en el perjuicio para los inversores, no están adheridos al Fondo de Garantía de Inversiones o de Depósitos, por lo que estos no están protegidos en caso de insolvencia de la entidad no autorizada.

Cómo evitar a los «chiringuitos financieros»

Si las empresas autorizadas parten de una serie de obligaciones, como la de cumplir con los requisitos de información, idoneidad, conveniencia y gobernanza de productos, aquellas que operan fuera de los canales legales, y por tanto sin estar autorizadas para prestar servicios de inversión, se basan en ofrecer productos de alta rentabilidad para la captación de clientes, para lo que además utilizarán métodos de persuasión y presión una vez contactados. Estas altas rentabilidades no dejan de ser un simple cebo, pues una vez conseguido el dinero de los ahorros de los inversores comenzarán los problemas para los mismos, que presumiblemente acabarán con la empresa desaparecida.

Cualquier inversor, pero en especial el ciudadano que se acerca por primera vez a esta actividad o que cuenta con poca experiencia, debería tener en cuenta los siguientes consejos:

  • Si tiene dudas, si se siente apremiado para realizar una inversión por parte de una empresa, si no comprende algún término o si algún comportamiento levanta sus sospechas, contacte con ADICAE, donde encontrará todo el asesoramiento necesario y se tomarán las acciones consecuentes en caso de advertir la más mínima ilegalidad.
  • Ser especialmente cuidadoso con sus datos, no facilitando los mismos a aquellas empresas con las que él mismo no haya contactado.
  • Desconfiar de las llamadas, mensajes, correos electrónicos no previstos que nos ofrecen productos de inversión sin haber solicitado nosotros previamente el contacto.
  • Ser conocedor de que estas empresas emplearán todos los medios para intentar captar sus ahorros y por tanto no subestimar su capacidad de persuasión, para lo que desplegarán todo un arsenal de engaños como historiales de logros profesionales, apariencia de profesionalidad y seriedad, vocabulario que el inversor no experimentado no dominará.
  • Desconfíe cuando se sienta apremiado y presionado para cerrar una operación.
  • Desconfíe cuando le ofrezcan grandes rentabilidades con mínimos riesgos.
  • Cuidado con los consejos familiares. En ocasiones, un familiar o un amigo puede llegar a ofrecer, sin ser consciente de ello, una oferta de inversión engañosa en la que él mismo ya haya sido estafado. Las denominadas estafas piramidales siguen siendo un peligro real.
  • No opere con ninguna empresa de la que no haya comprobado su legalidad en forma de autorización de la CNMV.
  • Si desconfía de una empresa, no cierre ningún acuerdo. Compruebe sus datos antes de hacerlo. Recuerde que intentarán siempre persuadirle y apremiarle.
  • Ponga en conocimiento de la CNMV cualquier incidente sospechoso de fraude y denuncie lo ocurrido a la Policía o en el Juzgado correspondiente.
  • No realice más aportaciones si después de las primeras ya no consigue respuestas de la entidad.

ordenador finanzasDerechos como inversores

En cualquier caso, desde ADICAE se recuerda a los usuarios y consumidores que decidan dar el paso de convertirse en inversores que en el ejercicio de esta actividad también se encuentran protegidos por un marco legal que les ampara, contenido en la directiva MiFID II, donde se recogen las principales líneas en referencia a las empresas de servicios de inversión y sus obligaciones, así como los derechos de los usuarios, entre los que de manera esquemática destacarían:

  • Las empresas deberán actuar de forma honesta, imparcial y profesional, en el mejor interés de sus clientes.
  • Deberán proporcionar información imparcial, clara y no engañosa a sus clientes.
  • Deberán adaptar sus servicios y ofrecer productos teniendo en cuenta las circunstancias personales de los clientes.

En caso de conflicto

En cualquier caso, y si aun teniendo todas estas y otras precauciones, el inversor se encuentra ante un conflicto, este puede articular distintas vías para la resolución del mismo, más allá de ponerse inmediatamente en contacto con ADICAE, desde donde se recibirá todo el respaldo oportuno.

La primera de ellas sería la vía extrajudicial, en forma de un contacto y en su caso una reclamación directa con el servicio de atención al cliente de la empresa prestadora del servicio, por escrito y solicitando acuse de recibo de la misma. Algunas de estas empresas cuentan incluso con la figura del defensor del cliente, a la que podremos presentar nuestro caso.

Llegado el caso de no recibir respuesta o no estar conforme con la misma, el usuario puede acudir a la autoridad competente en la materia, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para la solicitud de la resolución del problema. En este punto queremos detenernos para señalar que ADICAE recuerda que el papel de la CNMV como mediador en los conflictos queda limitado al no ser vinculantes sus resoluciones, lo que deja margen a la entidad a no atenerse a las mismas.

La demanda por vía judicial agotaría el recorrido, si hasta entonces no hemos conseguido la resolución. En este punto desde ADICAE se vuelve a hacer hincapié en las posibilidades que da la demanda colectiva, reforzando nuestra fuerza como usuarios y consumidores y haciendo a los mismos participar de forma activa y solidaria con respecto a otros afectados.

smart contract

ADICAE insiste en que las posibilidades de los Smart Contracts exigen que se clarifiquen sus lagunas jurídicas

By | Actualidad, Noticias

La Asociación considera que esta herramienta podría suponer numerosas ventajas para los consumidores, a la vez que muestra su inquietud por la falta de una base de jurisprudencia.

Cuando un usuario o consumidor firmaba un contrato en el comercio o el sistema financiero tradicional lo hacía desde el convencimiento de que del contenido del mismo se derivarían las acciones motivadas por los acontecimientos. Si en el contrato se especificaba que en caso de retraso de un vuelo conllevaría una compensación, el usuario o consumidor acudía a dicho contrato para exigir la compensación especificada si finalmente el vuelo se retrasaba.

Cuando un usuario, en la nueva realidad que ha supuesto la revolución digital en el comercio y el sistema financiero, firma un smart contract (contrato inteligente), lo hace desde el convencimiento de que el mismo contrato ejecutará su propio contenido y, en el mismo caso anterior, sabrá que si su vuelo se retrasa el mismo contrato se ejecuta y se producirá de manera inmediata la reconocida compensación. No es el futuro, es un presente cada vez más instaurado en el nuevo sistema financiero y una más de las aplicaciones que permite el denominado blockchain.

alfabetizaciónADICAE, dentro de su convencimiento de que la alfabetización digital será el único camino por el que los usuarios y consumidores podrán seguir defendiendo sus derechos ante la nueva realidad cambiante, no escatima esfuerzos en su labor de fomentar esa alfabetización digital y recuerda que la presencia de estos smart contracts es cada vez más frecuente, sin que por su poco tiempo de instauración hayan quedado resueltas todas las dudas jurídicas que sobre los mismos sobrevuelan.

Dentro de esta apuesta por la formación de usuarios y consumidores ante las nuevas realidades del sector financiero nacía, junto a cursos específicos en la materia accesibles para cualquier ciudadano y de manera gratuita en el portal educativo online de esta asociación, el Manual Práctico sobre la Digitalización del Sector Financiero, con el objetivo, en palabras del propio Presidente de ADICAE, Manuel Pardos, de “formar a los consumidores interesados en mejorar su conocimiento acerca de las novedades que la tecnología ha introducido en el sector de las finanzas”.

Una de estas novedades, interesante por las posibilidades que abre para los consumidores y usuarios y, en cierto modo, inquietante todavía por carecer de una base jurisprudencial, son los denominados smart contracts, contratos inteligentes que, fruto del blockchain, constituyen una herramienta por explorar por sus múltiples posibles desarrollos.

ADICAE define los smart contracts como contratos digitales que, basándose en la tecnología de cadenas de bloques blockchain, son capaces de ejecutarse de manera autónoma, automática y sin intermediarios.

De esta primera definición se vislumbran ciertas ventajas que para los consumidores aportarán, y aportan, estos contratos inteligentes, como la mayor velocidad, la práctica inmediatez, pues quedan automatizados mediante software procesos hasta ahora manuales.

Cómo funcionan los smart contracts

Basándose, como decíamos en la tecnología blockchain, en la que gracias a una cadena de bloques se van registrando, copiando y almacenando una serie de acciones en todos los ordenadores que conforman una red, de manera que toda esa información no podrá ser borrada o modificada si no se hace en todos los ordenadores de la red al unísono, estos contratos inteligentes se realizan a través programas informáticos que mediante un código encriptado los almacenan y ejecutan desde la red de forma automática si se produce la condición establecida por las partes para que se active. Volviendo a la definición inicial, gracias al sistema de cifrado y registro de las acciones, se ejecutan de manera autónoma, automática y sin intermediarios.

encriptaciónAdemás, y como gran novedad, estos smart contracts ni siquiera necesitan ser creados por personas físicas o jurídicas, sino que pueden serlo a través de la programación informática. En el ejemplo inicial del vuelo, basta con pensar que en el mismo momento de contratar un determinado vuelo, una aplicación gestionara un contrato de transporte pactando las condiciones del servicio y los precios sin que el consumidor tenga que realizar ninguna interacción física con nadie. Un contrato que más allá de incluir la mencionada compensación por retraso, la ejecutará de manera inmediata llegado el caso y sin intermediación alguna.

Ventajas y dudas sobre los smart contracts

Además de la mayor velocidad que supone la automatización de determinados procesos, los contratos inteligentes conllevan una serie de ventajas sobre los tradicionales, como podría ser:

  • Confianza. La encriptación asegura que el contrato solo sea leído por las personas implicadas.
  • Autonomía. No son necesarios intermediarios entre las partes.
  • Menores costes. Al prescindir de intermediarios, se reducirían los costos asociados.
  • Seguridad. La tecnología blockchain ofrece garantías de seguridad muy elevada.

Sin embargo, y sobre estas ventajas reales que supondría una implantación mayoritaria de este tipo de contratos en los derechos de los consumidores y usuarios, ADICAE sigue mostrando ciertas dudas iniciales que giran, en buena medida, sobre las discrepancias jurídicas sobre su validez y aplicación, derivadas de su propia naturaleza autónoma y automática. Desde esta asociación se recuerda que se trata de una tecnología muy novedosa y en pleno proceso evolutivo, por lo que carece de una base jurisprudencial que sirva de precedente.

Riesgos e inconvenientes de los smart contracts

Pero además de las dudas jurídicas sobre este nuevo tipo de contratos jurídicos, surge en relación a los mismos una serie de riesgos e inconvenientes, ligados a toda innovación y en función del uso que se haga de ella y cómo reaccione el entorno. Desde ADICAE se quiere destacar:

  • Inmutabilidad del contenido. No pueden ser modificados, incluso aunque se detecten fallos en su programación.
  • Poca flexibilidad. A la falta de posibilidades de actualización se suma la elevada dificultad de detener su ejecución una vez que se inicie.
  • Incertidumbre. Derivada de la falta de regulación y ausencia explícita de jurisdicción y leyes aplicables en casos de controversias.
  • Consentimiento. Según el Código Civil el consentimiento solo puede ser otorgado por personas y puede plantearse un problema cuando las partes ordenantes son ordenadores o máquinas carentes del mismo.
  • Nuevos intermediarios. Si bien se reducirían los gastos de notarios, abogados y otros intermediarios tradicionales, podrían aparecer nuevos como programadores que suelen tener honorarios elevados.
Luz bombilla

ADICAE recomienda optar por un contrato de energía que se adapte a sus necesidades para bajar la factura de la luz

By | Actualidad., Consumo, Noticias recientes

La multitud y disparidad de las ofertas disponibles hace que en ocasiones se esté pagando de más por prestaciones que no necesitamos.

Desde la liberación del mercado, la comprensión de la factura de la luz se ha convertido en un quebradero de cabeza para no pocas familias. El mercado al que acogerse (libre o regulado), el proveedor, la compañía y las múltiples y distintas tarifas y servicios hacen que la decisión, además de complicada, sea importante para el consumidor, pues puede suponer una gran diferencia en el coste anual si no se acoge a un contrato que se ajuste correctamente a sus necesidades. ADICAE estima que la diferencia entre unas ofertas y otras pueden llegar a suponer un sobrecoste anual de unos 200 euros en la factura de la luz, por lo que recomienda a los consumidores intentar ajustar su contrato a sus necesidades, además de tener en cuenta una serie de recomendaciones en el día a día que se traducirán en una disminución considerable de sus facturas.

A la hora de contratar la energía para el hogar, lo que tradicionalmente se ha denominado ‘la luz’, el consumidor actual tiene la posibilidad de elegir libremente a su compañía suministradora, además de escoger el mercado al que acogerse, un mercado regulado a través de un comercializador de referencia y bajo la denominada tarifa regulada PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), en el que además el precio de la energía oscila en función de diversos factores como la oferta y la demanda, o un mercado libre en el que la luz cuesta lo que estipule el contrato firmado, pues existen muchas tarifas diferentes y muchas compañías. Además de estos, otro factor que afectará en nuestra factura de la luz es la potencia que contratemos, pues igualmente ésta deberá ser ajustada a nuestro consumo, pues si se contrata por debajo de nuestra demanda sufriremos cortes y si se contrata por encima, conllevará un sobrecoste.

Por todos estos factores, más otros varios que influyen en nuestra factura de la luz pero que conllevarían un mayor desarrollo, el consumidor puede verse en muchas ocasiones perdido a la hora de enfrentarse a un nuevo contrato de energía para su hogar o, simplemente, a la hora de comparar ofertas para intentar mejorar sus condiciones. Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se pueden llegar a dar al año más de medio millar de ofertas distintas (combinando todos los productos comercializados) de las que algo más del 40% irían destinadas al pequeño consumidor, un consumo medio para el hogar. Además, se estima que aproximadamente la mitad de los consumidores no entiende su factura y alrededor de un 44% no le presta atención cuando la recibe, según datos de la Comisión.

A pesar de ello, ADICAE ha constatado que una inmensa mayoría de los consumidores se encuentran insatisfechos con sus contratos de suministro de energía para el hogar (llegándose a cifrar ese descontento en un 92%), lo que no se traduce necesariamente en reclamaciones, donde en energía apenas llegaba el porcentaje a un 7,6%. Una vez más, la falta de una correcta información y de los conocimientos necesarios juega en contra del ciudadano como consumidor, pues difícilmente podrá reclamar unos derechos que desconoce o hacerlo por unas vías de las que no tiene conocimiento. En este sentido, y además del numeroso material divulgativo que esta asociación tiene en su web, destaca el curso online, accesible para cualquier ciudadano a través del portal educativo online de ADICAE, denominado Energía. Derechos del consumidor, con el que el consumidor conseguirá diferenciar los tipos de mercado en la energía eléctrica; analizar las tarifas del mercado regulado; analizar una factura eléctrica; identificar las vías de reclamación; reconocer los principales problemas de consumo eléctrico, pautas de ahorro eléctrico, además de otros contenidos sobre el mercado del gas.

Otro aspecto negativo de este sector eléctrico, además de la ya citada complejidad de las ofertas, son las continuas subidas de los precios de la electricidad, bajo pretexto de cubrir el déficit del sistema eléctrico. Además, a estas subidas de precios no ha ayudado precisamente una normativa en la que los cambios muchas veces han sido impuestos a los consumidores, que de la noche a la mañana pasaban a ver, por ejemplo, como ya no pagaban los mismo por su consumo dependiendo de la hora del día en la que se producía el mismo.

Oscilaciones en los precios

Todos estos factores, como decíamos, influyen en el precio final de nuestra factura de la luz. Desde si elegimos el mercado regulado, con discriminación de horarios o no, o el mercado libre. En cuanto al primero, el consumidor se verá afectado por las oscilaciones en los precios de la energía, si no ha pactado un precio fijo con su comercializador de referencia. En el segundo, el precio le vendrá en el contrato, pero será aconsejable, por la gran variedad de ofertas que pueden incluir descuentos, tarifas planas, servicios asociados de pago o certificación de energía verde, comparar entre las distintas tarifas y elegir aquella que se ajusta más a nuestras necesidades y preferencias, además de recordar la importancia de leer todo el contrato, incluso la letra pequeña, antes de firmarlo. Se estima que las diferencias entre compañías pueden suponer una diferencia en el desembolso anual de unos 200 euros desde las tarifas más económicas, en ocasiones correspondientes a ofertas a través de los portales digitales de las compañías, a las más caras.

Hay que señalar que ADICAE ha detectado que en muchas ocasiones las ofertas de descuento de las compañías parten de precios iniciales inflados, por lo que la oferta de descuento no conlleva finalmente ninguna ventaja para el consumidor, que al final de año acabará pagando lo mismo, incluso más, que de lo que venía pagando. El consumidor tiene una herramienta de la CNMC, que permite comparar las distintas ofertas vigentes en el mercado, para los que los solicitará unos datos como consumos medios, potencia contratada, mercado… Además, en caso de duda es aconsejable contactar con su sede más cercana o a través de los nuevos canales telemáticos de ADICAE, desde donde le asesorarán sobre el asunto que nos atañe.

¿Cómo bajar la factura de la luz?

Por todo lo expuesto, el objetivo principal de un consumidor que quiere bajar su factura de la luz debe ser adecuar su contrato a las necesidades. Dicho así, puede resultar sencillo, pero como veíamos eso conllevará unos mínimos conocimientos previos que le ayudarán a ir discriminando opciones y toda la información disponible para ir comparando ofertas. No existe una fórmula mágica que nos diga si es mejor un mercado u otro, pues dependerá de muchos factores como cuál es nuestro consumo, a qué hora se produce, con qué regularidad durante la semana, miembros de la unidad familiar, eficiencia energética de nuestro hogar…

Lo que sí resulta aconsejable es una estimación previa de la potencia que vamos a necesitar según nuestro consumo, existen simuladores que nos orientarán, para ajustar ambas variables lo más posible. Nuestra factura será óptima siempre y cuando ajustemos la potencia, además del consumo, a nuestras necesidades.

Desde ADICAE se recomienda atender siempre a estos factores a la hora de comparar ofertas antes de firmar nuestro contrato de energía:

  • Tarifa fija o variable.
  • Condiciones del contrato.
  • Duración del contrato.
  • Cancelación del contrato.
  • Penalizaciones.

Con la cantidad de productos que hay para elegir, el consumidor deberá adaptar algunos hábitos a las condiciones que le marque el contrato seleccionado. Así por ejemplo, es posible que poner la lavadora a última hora o por la noche nos salga mucho más económico que hacerlo a media mañana. Teniendo en cuenta este tipo de condicionantes, el consumidor que logra adaptar ciertos hábitos conseguirá al final importantes ahorros.

Y, por evidente no lo debemos olvidarlo, una buena forma de ahorrar en la factura de la luz es disminuir y optimizar nuestro consumo de energía. Ahorrar en el consumo se traduce directamente en ahorro monetario.

¿Cómo bajar el consumo de energía?

A la hora de intentar bajar el consumo, con lo que evidentemente bajará la factura, son muchos los gestos que podemos ir adoptando en búsqueda de nuestro objetivo:

  • Apague por completo todos los electrodomésticos cuando no los esté utilizando. Recuerde que en la opción de ‘standby’, el electrodoméstico puede seguir consumiendo.
  • Utilice los electrodomésticos intentando optimizar su carga. Con la lavadora o el lavavajillas puede conseguir ahorro haciéndolos funcionar únicamente con la máxima carga.
  • La mayoría de los electrodomésticos actuales tienen programas ECO, con los que conseguir disminuir el consumo de energía. Normalmente se basan en utilizar menos temperatura. Siempre que sea posible, utilice estos programas.
  • El frigorífico es un electrodoméstico con gran consumo de energía si no se gradúa el termostato según la carga y la temperatura ambiente. Procure abrir su puerta sólo cuando sea imprescindible y el menor tiempo posible y nunca introduzca alimentos calientes en el mismo.
  • En verano es recomendable no poner el aire acondicionado por debajo de los 26º. Siempre que sea posible utilice ventilación natural. Si tenemos calefacción eléctrica, en invierno debemos procurar que la temperatura de la calefacción no supere los 21º.
  • En la cocina, intente hacerlo a las temperaturas adecuadas y si es posible aproveche el calor residual para terminar los platos. Tapar las ollas, cacerolas y sartenes también se acabará notando en la factura.
  • Baje el brillo de los monitores y pantallas y utilizar estos aparatos en modo de ahorro de energía.
  • Utilice bombillas de bajo consumo y reduzca al máximo las bombillas encendidas. Siempre que sea posible utilice luz natural.
  • Las ventanas de un hogar inciden directamente en el consumo energético del mismo. Si tiene que cambiarlas, intente poner las más eficientes posible.
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